El pasado 16 de marzo, Fábrica de Vidrios Los Andes, C.A. & Owen-Illinois de Venezuela C.A. presentaron un recurso de anulación en el arbitraje mantenido con Venezuela y que, en noviembre de 2017, se zanjó con un laudo en el que el tribunal rechazó el procedimiento por falta de jurisdicción.
El 13 de noviembre de 2017, el tribunal del arbitraje “Fábrica de Vidrios Los Andes, C.A. & Owen-Illinois de Venezuela C.A. contra la República Bolivariana de Venezuela” emitió el laudo a las partes en el que comunicaba el rechazo al arbitraje por carecer de jurisdicción respecto a la controversia, ya que se presentó después de que Venezuela denunciara el convenio Ciadi.
para el fabricante de vidrios estadounidense Owen-Illinois la decisión del tribunal “es un asalto a la integridad del Ciadi”
Según información publicada en la prensa, para el fabricante de vidrios estadounidense Owen-Illinois la decisión del tribunal “es un asalto a la integridad del Ciadi” (ver “Glassmaker Looks To Save $1B Venezuela Expropriation Claim“, Christopher Crosby, Law360, 15.03.2018).
Historia del arbitraje
El 23 de julio de 2012, las demandantes presentaron una solicitud de arbitraje demandando 1,03 billones de dólares como indemnización, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Ciadi, por la expropiación de sus instalaciones de envases de vidrio en el estado venezolano de Trujillo. Venezuela argüía irregularidades laborales y medioambientales en detrimento de los recursos naturales impugnó la jurisdicción del Tribunal sosteniendo que no existió un incumplimiento del TBI.
El tribunal del arbitraje estaba compuesto por el coreano Hi-Taek Shin, presidente, el canadiense Yves Fortier, y el australiano Zachary Douglas, que sustituyó al francés Alexis Mourre. El 13 de marzo de 2015, Venezuela presentó recusación de Alexis Mourre y Yves Fortier sobre la base de que carecían de imparcialidad e independencia. Como consecuencia de ello, Mourre presentó su renuncia, aunque se desestimó la recusación.
Los despachos implicados en la controversia han sido Escritorio Muci-Abraham & Asociados (Caracas, Venezuela) y Volterra Fietta (Londres, Reino Unido) representando a las demandantes y Guglielmino & Asociados (Buenos Aires, Argentina) en el caso de la demandada.