Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Un panel de arbitraje de la Organización Mundial del Comercio (OMC) ha notificado el laudo de la diferencia entre Turquía y la Unión Europea sobre productos farmacéuticos considerando injustas las medidas de producción farmacéutica turcas.

Los árbitros han recomendado a Turquía que ponga en consonancia con sus obligaciones en el marco de la OMC las medidas que el laudo y el informe del grupo especial consideraban incompatibles. La conclusión es que Turquía no cumplió con su obligación de dar un trato equitativo a los productos farmacéuticos producidos en el extranjero.

La UE argumentaba que las medidas de localización adoptadas por Turquía -exigió a las empresas extranjeras que se comprometieran a producir medicamentos en Turquía para optar a los reembolsos de asistencia sanitaria públicos- y la transferencia de tecnología incumplían cuatro acuerdos de la OMC que todos los miembros están obligados a cumplir y denunciaba el perjuicio a la competencia en el mercado turco, las prohibiciones de importación turcas y la preeminencia de los productos nacionales sobre los importados.

El panel de arbitraje de la OMC se mostró de acuerdo con las conclusiones anteriores del grupo de expertos en disputas para que Turquía cumpla su obligación de trato igualitario a empresas, sean nacionales o no.

Escribe un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.