Notas de prensa

Recurso ante la JUR por denegación de acceso al expediente del Popular

Por 27 octubre, 2017julio 4th, 2018Sin comentarios
Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Nota de prensa.- El 26 de octubre, B. Cremades & Asociados ha presentado en nombre de sus clientes un recurso ante el Panel de Recurso de la Junta Única de Resolución (“JUR”) por la denegación de acceso al expediente de la Decisión SRB/EES/2017/02, de 7 de junio de 2017, relativa a la resolución de Banco Popular Español, S.A. (“Banco Popular”). Previamente, la JUR rehusó reconsiderar la decisión original mediante la que denegó el acceso al referido expediente.

La JUR utilizó como excusa para denegar el acceso al expediente administrativo las causales del artículo 4 de la Decisión de la Sesión Ejecutiva de la JUR No. SRB/ES/2017/01, de 9 de febrero de 2017, en relación con el artículo 4 del Reglamento (CE) No. 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001. Sin embargo, al tratarse de accionistas y bonistas de Banco Popular, la JUR únicamente podía haber denegado el acceso por las causales previstas en el artículo 90(4) del Reglamento (UE) No. 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014.

El artículo 90(4) del Reglamento 806/2014 es muy claro en cuanto a las únicas excepciones que caben al acceso a documentos:

  • Las personas sujetas a las decisiones de la Junta tendrán derecho a acceder a su expediente, a reserva del interés legítimo de terceros en la protección de sus secretos comerciales.
  • El derecho de acceso al expediente no se extenderá a la información confidencial ni a los documentos preparatorios internos de la Junta.

Es decir, la regla general es que las personas sujetas a las decisiones de la JUR tendrán derecho a acceder a su expediente. Las excepciones son muy restrictivas y no protegen el texto completo de la Decisión SRB/EES/2017/02, de 7 de junio de 2017, relativa a la resolución de Banco Popular Español, S.A. ni el informe del experto independiente. Esto se debe a que el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de igualdad de armas exigen que los afectados por una decisión de resolución puedan conocer el expediente administrativo a fin de que puedan recurrir ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La argumentación de la JUR está plagada de errores

Llama la atención especialmente que la JUR insista en proteger un supuesto “interés comercial” de Banco Popular y de Banco Santander, S.A. Sin embargo, a diferencia de los instrumentos aducidos por la JUR, el artéculo 90(4) del Reglamento 806/2014 no protege cualquier “interés comercial” de terceros, sino que únicamente se protegen los “secretos comerciales”, un concepto mucho más restrictivo y específico.

El artículo 2 de la decisión de la JUR No. SRB/EES/2017/08 dispone que Banco Popular fue resuelto por un problema de liquidez. Este problema de liquidez fue causado por las declaraciones y filtraciones de la JUR, las cuales desataron un pánico generalizado que llevó a Banco Popular a una espiral de caos en la que su acción se desplomó y los clientes retiraron masivamente sus depósitos. En este sentido, fue determinante la retirada de depósitos por parte de las administraciones públicas españolas y la negativa del Banco de España a conceder liquidez de emergencia (mientras que otras administraciones continuaban retirando sus depósitos).

B. Cremades & Asociados continúa valorando si presenta una denuncia contra la Sra. Elke König en las instancias europeas competentes por violaciones de sus deberes de confidencialidad. En este sentido, la Sra. Danièle Nouy ya declaró en junio de 2017 que se podría investigar “si ha habido tráfico de información y si algunas instancias o personas han intentado protegerse mejor que los pequeños depositantes”. Por el momento, no se descarta que la negativa de conceder acceso al expediente pudiera ser un intento de cubrirse ante eventuales responsabilidades.

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