Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El 10 de junio de 2022, un comité ad hoc del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) decidió rechazar la solicitud de anulación presentada por España del laudo de más de 60 millones de euros a favor de dos inversoes en energías renovables: RREEF Infrastructure (G.P.) Limited and RREEF Pan-European Infrastructure Two Lux S.à r.l.

El comité ad hoc, compuesto por el singapurense Lawrence Boo (presidente), el chileno Enrique Barros Bourie y la bahameña Bertha Cooper-Rousseau decidió confirmar el laudo, tras desestimar los argumentos de España apoyados en la política europea de rechazo a tribunales de arbitraje extraeuropeos cuando se trata de disputas entre partes miembro de la Unión, además de no haber aplicado la legislación europea sobre ayudas estatales (ver “ICSID panel upholds renewables award against Spain“, Toby Fisher, Global Arbitration Review, 16.06.2022).

Ahora el procedimiento de ejecución abierto en EEUU por las demandantes debería seguir su curso si tenemos en cuenta la decisión, de abril de 2021, de un juez del Tribunal de Distrito del Distrito de Columbia tras la solicitud de España para que se desestimara la petición de RREEF o, subsidiariamente, que se suspendiera el procedimiento hasta la resolución del comité de anulación en CIADI: “En consonancia con la forma en que otros tribunales de este distrito han abordado las peticiones de suspensión cuando una solicitud de anulación de un laudo arbitral sigue pendiente ante el CIADI, el Tribunal suspende este procedimiento hasta que el CIADI resuelva la solicitud de España“.

El arbitraje RREEF v. España

La participación en dos plantas de energía solar ubicadas en Andalucía les sirvió a las compañías RREEF Infrastructure (G.P.) Limited (Gran Bretaña) y RREEF Pan-European Infrastructure Two Lux S.à r.l. (Luxemburgo) para demandar a España ante el CIADI en 2013. Su reclamación estaba cifrada en más de 512 millones de dólares.

El arbitraje fue presentado por RREEF  en noviembre de 2013 invocando el Tratado de la Carta de la Energía (TCE). La UE ya ha expresado que este tratado no contiene un sistema de arbitraje inversor-Estado aplicable a inversores de un Estado miembro de la UE que inviertan en otro.

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