El pasado 15 de julio, el Tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversión, Ciadi, del arbitraje que enfrenta a Perú contra la minera estadounidense Renco, emitió laudo parcial del caso en el que se concluye -según nota de prensa del Ministerio de Economía y Finanzas de Perú– que: “las reclamaciones de Renco deben ser desestimadas por falta de jurisdicción“. El Tribunal aún no ha comunicado la condena en costas que aplicará a cada una de las partes.
Renco demandó ante el Ciadi a Perú en abril de 2011 por supuestos incumplimientos del Tratado de Libre Comercio firmado entre EEUU y Perú en 2009. La demanda subyacía en relación con su inversión a través de Doe Run Perú -compañía peruana de su propiedad desde 1997- en el complejo metalúrgico La Oroya, por las medidas tomadas por el Gobierno de Perú entre las que destaca: la petición de determinados Estándares de Calidad Ambiental del Aire que debían respetarse en el complejo (las emisiones de dióxido de azufre no debían superar los 20 microgramos por metro cúbico).
El Tribunal del arbitraje Renco vs Perú lo formaban el austriaco Michael J. Moser (presidente), el canadiense Yves Fortier (designado por el demandante) y el británico Toby Landau (designado por el demandado).
La estadounidense pretendía una indemnización de más de 2.000 millones de dólares.