La minera canadiense Eco Oro Minerals Corp. ha solicitado la rectificación del laudo emitido el pasado mes de julio en el arbitraje de inversiones mantenido con Colombia desde 2107 en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). Eco Oro no recibió ninguna compensación en relación con la demanda de arbitraje iniciada por la retirada de la concesión sobre la explotación del yacimiento de oro y plata de Angostura, ubicado en el noreste de Colombia, al declararse los terrenos como áreas protegidas. Además, fue condenada a afrontar los costes de reparación tras finalizar la concesión.
En un comunicado emitido por la minera, ésta se mostró en total desacuerdo con el “Laudo sobre Daños dictado por la mayoría del Tribunal, por considerarlo profundamente erróneo, en contradicción directa con la opinión original de la mayoría de la Decisión sobre Responsabilidad, e inconsistente con una evaluación objetiva de las pruebas presentadas.”
Eco Oro reclamaba 764 millones de dólares por expropiación indirecta e ilegal.
Según comunicado difundido por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), el tribunal concluyó que la minera no había presentado pruebas suficientes de los perjuicios sufridos: “Eco Oro no fue capaz de aportar ninguna prueba para determinar el valor de la pérdida de oportunidad de solicitar una licencia ambiental.”
El tribunal, compuesto por la británica Juliet Blanch (presidente), el argentino Horacio Grigera Naón (designado por el demandante) y el franco-británico Philippe Sands (designado por Colombia), determinó que Eco Oro debe afrontar los costes de remediación sobre el terreno como obligación de la concesionaria tras el fin de la concesión.
El tribunal emitió en septiembre de 2021 una resolución sobre cuestiones de jurisdicción, responsabilidad y da directrices para la valoración de daños (cuantía), que dejó para más adelante. Según el panel, Colombia violó un tratado internacional cuando bloqueó la actividad minera de la canadiense Eco Oro, a pesar de que el país contaba con legitimidad para proteger los importantes páramos que surten a su población de agua potable. A la decisión se adjuntaron opiniones disidentes de Philippe Sands y Horacio Grigera.
Rectificación ante CIADI
El procedimiento de rectificación ante CIADI conlleva la solicitud de revisión sobre la posibilidad de que el Tribunal haya omitido resolver algún punto del laudo; o la solicitud de una decisión que rectifique errores materiales, aritméticos o similares. El Tribunal fijará un plazo para que las partes presenten sus observaciones sobre la solicitud y determinará el procedimiento adicional.