El 28 de agosto de 2024, la República del Perú presentó una solicitud de anulación parcial del laudo del arbitraje de inversiones a favor de IC Power, transnacional de generación de energía eléctrica. Este procedimiento supone la suspensión provisional de la ejecución del laudo de 116 millones USD.
Las compañías IC Power y Kenon Holdings, ambas propiedad del empresario israelí Edan Ofer y con sede en Singapur, solicitaron en noviembre de 2023, ante un tribunal estadounidense, el cumplimiento del laudo concedido a su favor por un tribunal internacional a principios del mes de octubre de 2023 en el arbitraje de inversiones disputado con Perú en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI).
El 3 de octubre de 2023, Perú fue condenado a pagar a Kenon e IC Power 110,7 millones de dólares en concepto de daños y perjuicios más intereses, más 4,9 millones de dólares por honorarios y gastos legales de las demandantes y otros 0,6 millones de dólares de las costas del tribunal arbitral y de las tasas administrativas del CIADI.
Las compañías reclamaban más de 200 millones de US dólares por una controversia relacionada con resoluciones del regulador minero y energético de Perú (OSINERGMIN), sobre la frecuencia secundaria y peajes de transmisión en la operación de sus antiguas subsidiarias peruanas Kallpa Generación y Samay I.
Tercero financiador
En junio de 2019, IC Power y Kenon Holdings presentaron la demanda de arbitraje de inversiones. El tribunal, formado por Luca G. Radicati Davie R. Haigh y Eduardo Siqueros T, concluyó que la resolución de Perú relativa a la regulación sobre la frecuencia secundaria incumplía sus obligaciones en virtud Tratado invocado; y desestimó la reclamación relativa a los peajes de transmisión.
IC Power y Kenon celebraron un acuerdo con un financiador de terceros. En base a este acuerdo, si reciben ingresos en relación con el laudo, el financiador tendrá derecho a que se le reembolse la cantidad comprometida, que hasta la fecha ha ascendido a 12 millones de dólares, y a recibir aproximadamente el 55% de los ingresos netos de la reclamación.