Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El Instituto de Arbitraje de la Stockholm Chamber of Commerce (SCC) seleccionará como sede de arbitrajes de inversiones entre partes de la UE distritos judiciales fuera del espacio comunitario. La corte, que hasta ahora primaba Estocolmo como sede de este tipo de arbitrajes, pretende asegurar así la ejecutabilidad legal de los laudos fruto de arbitrajes de inversiones entre Estados de la Unión.

La SCC ha introducido una nueva política relativa a las decisiones de su Directiva sobre la sede del arbitraje en procedimientos de inversión relativos a partes de Estados miembros de la Unión Europea (UE). De esta manera, la SCC en línea con su Reglamento, abordará las complejidades de la legislación de la Unión y las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), para asegurar el cumplimiento de los laudos dictados en arbitrajes entre Estados de la UE.

En el comunicado, en el que brinda el nuevo documento “SCC Policy. Deciding the seat in intra-eu investment arbitrations administered under the SCC Rules“, la corte explica cómo las “recientes sentencias del TJUE han puesto en tela de juicio el marco tradicional de los arbitrajes de tratados de inversión dentro de la UE. Estas sentencias han invalidado acuerdos de arbitraje contenidos en AII  [Acuerdos Internacionales de Inversiones] entre Estados miembros de la UE, por considerarlos incompatibles con la legislación de la UE.”

La nueva “SCC Policy” pretende dar respuesta a la posibilidad de que aquellos tratados internacionales de inversión que siguen en vigor  y que puedan ser objeto de reclamación mediante arbitraje de los inversores de la UE puedan seguir recurriendo a este mecanismo, garantizando la ejecutabilidad jurídica de los laudos arbitrales dictados con arreglo al Reglamento de la SCC.

¿Por qué la sede?

La SCC explica en su comunicado el protagonismo que adquiere la sede del arbitraje (jurisdicción legal bajo la cual se lleva a cabo el arbitraje, más que a la ubicación física del procedimiento), porque el marco jurídico de ésta determina qué tribunales tienen jurisdicción sobre los arbitrajes y los asuntos relacionados (nombramiento, recusación de árbitros o solicitudes de anulación): “La sede estipulada debe ser un distrito judicial y no un país para definir claramente el marco jurídico.”

Sigue explicando que la sede proporciona la base jurídica del procedimiento, pero no restringe el lugar donde pueden celebrarse las audiencias, ya que pueden tener lugar en otros lugares o virtualmente. Y señala que “la ley que rige la sede puede influir significativamente en el procedimiento, especialmente en los casos de arbitraje de tratados de inversión en los que interviene la legislación de la UE.”

Una sede fuera de la UE

Hasta ahora, la sede elegida por la Junta Directiva del SCC solía ser Estocolmo en arbitrajes de tratados de inversión concernientes a partes en la UE, con la nueva política esto cambia y salvo que sea acordado por las partes, ni Estocolmo ni cualquier otro distrito judicial dentro de la UE serán seleccionados como sede, en favor de una sede fuera de la UE para asegurar la ejecutabilidad legal del laudo.

Escribe un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.