El Gobierno argentino, a través de la Dirección Nacional de Vialidad, presentó la solicitud de una medida cautelar en juzgados argentinos para tomar el control del Acceso Norte, una de las principales autopistas de acceso a Buenos Aires y foco del arbitraje presentado por GCO y Ausol, propiedad de la compañía española Abertis en el mes de octubre. El Estado argentino pretendía hacerse con el control de las vías, sin embargo, los juzgados argentinos han rechazado la solicitud.
Así lo ha informado GCO en el Hecho Relevante – Novedades respecto de Medida Cautelar solicitada por DNV en acción de lesividad promovida contra la Sociedad ante la Comisión Nacional de Valores de Argentina (CNV) el 6 de diciembre de 2022.
El 11 de octubre el Gobierno argentino anunció la presentación, por parte del Ministerio de Obras Públicas, de la demanda ante la Justicia para declarar nulo el contrato con Ausol: “Esta acción tiene como objetivo que se declare nulo el Acuerdo Integral de Renegociación que establecía, entre otros, una deuda cuya existencia no se encuentra comprobada, una dolarización de las tarifas y la prórroga de la concesión por 10 años. Además, para cumplir la obligación de pago incluida en los acuerdos firmados en el año 2018, la tarifa debería aumentar, en promedio, 20 veces en el Acceso Norte perjudicando a los argentinos y argentinas.” También anunciaba que interpondría una “acción de lesividad que permita modificar el Acuerdo Integral de Renegociación celebrado con el Grupo Concesionario del Oeste S.A. (GCO).”
GCO y Ausol informaron el 20 de octubre a través de dos Hechos Relevantes a la CNV que, tras el anuncio para declarar la nulidad del contrato de concesión del Acceso Norte, presentaban un arbitraje -sujeto al contrato- ante la CCI.
Para el juez encargado del caso, el procedimiento de arbitraje abierto ante la CCI impide el tratamiento de la medida cautelar solicitada porque: “resultaría inaceptable que, en un estadio procesal preliminar y en el marco cognoscitivo limitado propio de toda medida cautelar, se dicte una medida que pudiera interferir con el procedimiento en marcha ante el Tribunal Arbitral, máxime que dicha solicitud de arbitraje ha sido ampliada a fin de reclamar el cumplimiento del contrato de Concesión por parte del Estado Nacional y aún no se ha expedido al respecto”.