Real Hearing. Tan real como en el tribunal


La Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades de Judías de España 
se han personado ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE.UU. 
en relación con el cuadro de Camille Pissarro que la familia Cassirer reclama a la Fundación Thyssen Bornemisza como expolio nazi.

Nota de prensa. Madrid, a 15 de octubre de 2019.- En el día de ayer, B. Cremades & Asociados se personó ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE.UU. en representación de la Comunidad Judía de Madrid y de la Federación de Comunidades Judías de España. En concreto, presentan argumentos en apoyo del recurso de apelación interpuesto por la familia Cassirer frente a la decisión del Juez Federal para el Distrito Central de California, de 30 de abril de 2019, mediante la cual se concluyó que no quedaba demostrado que la Fundación del Museo Thyssen-Bornemisza (la “Fundación”) adquirió el cuadro de Camille Pissarro, “Rue St. Honoré, après midi, effet de pluie” (el “Cuadro”), sabiendo (o debiendo haber sabido) que era robado.

La cuestión que ahora se discute ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito es el estándar legal de diligencia que un comprador profesional de arte – como es la Fundación – debería haber aplicado al momento de la adquisición del Cuadro en el año 1993. Si el Juez de Distrito hubiese adoptado el estándar aplicable para un profesional del arte, lo que habría sido de esperar en virtud del artículo 1104 del Código Civil español, hubiese llegado a la conclusión de que la actuación de la Fundación se encuadra dentro del artículo 1956 del Código Civil español, por lo que en ningún caso puede considerarse a la Fundación como propietario legítimo del Cuadro.

El Juez de Distrito reconoció la existencia de una serie de circunstancias (red flags) que podrían haber inducido a pensar que el Cuadro era robado, las cuales fueron suficientes para concluir que el Barón Thyssen-Bornemisza no adquirió de buena fe el Cuadro en el año 1976. Sin embargo, la sentencia del Juez de Distrito considera que dichas circunstancias no eran suficientemente relevantes para alertar a la Fundación cuando adquirió el Cuadro del Barón en el año 1993.

El Juez de Distrito pasó por alto que, en el año 1993, la Fundación deliberadamente rehusó analizar la procedencia del Cuadro más allá del año 1980, asumiendo en su lugar que cualquier irregularidad en la adquisición por parte del Barón habría sido convalidada por el transcurso del tiempo (prescripción adquisitiva). En este sentido, los abogados de la Fundación dijeron en un informe del año 1989 que “es improbable que cualquier fraude o robo que afectase al título de propiedad de los cuadros anterior a que los mismos fuesen adquiridos por la familia [Thyssen-Bornemisza] se extendiese a más de un solo cuadro, o a un grupo pequeño de cuadros”. También, el informe de los abogados de la Fundación contemporáneo a la adquisición asumió expresamente que el Barón Thyssen-Bornemisza había adquirido el Cuadro de buena fe, lo que ha quedado desacreditado por parte del Juez de Distrito. Así las cosas, la sentencia del Juez de Distrito incurre en una manifiesta incoherencia lógica, dejando patente que la Fundación intencionalmente aceptó correr el riesgo de que el cuadro fuese robado.

En su decisión de 30 de abril de 2019, el Juez de Distrito ya criticó duramente a la Fundación y al Reino de España por negarse a devolver el Cuadro habida cuenta de que España es firmante de los Principios de Washington y de la Declaración de Terezin, diciendo que la Fundación y España estarían incumpliendo sus obligaciones morales al no devolver el Cuadro. Los Cassirer, la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades de Judías de España confían demostrar también que la Fundación está incumpliendo sus obligaciones legales.

Origen de la disputa

El origen de la disputa radica en la adquisición por parte de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza del cuadro “Rue St. Honoré, aprés-midi, effet de pluie” del pintor impresionista Camille Pissarro, que se encuentra expuesto en la sede del Museo en Madrid. Dicha obra pertenecía en 1939 a Lilly Cassirer, que se vio forzada a entregarla a los nazis por un insignificante precio a cambio de un permiso para salir de Alemania. Tras pasar por distintos propietarios, finalmente el cuadro fue adquirido en 1976 por el Barón Thyssen-Bornemisza, que a su vez se lo vendió a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza en el año 1993.

En el año 2000, los herederos de la familia Cassirer descubrieron que el cuadro se encontraba expuesto en el Museo Thyssen-Bornemisza de Madrid, por lo que comenzó una batalla legal para recuperar su propiedad.

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