El pasado 25 de julio, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) registró la solicitud de rectificación de España en el arbitraje que mantiene con el fondo Antin.
Se trata de la segunda solicitud de estas características que presenta España ante el Ciadi en un arbitraje relacionado con las reformas energéticas y las renovables, la primera fue en el arbitraje de la holandesa Masdar Solar. Contra el laudo de Eiser (también bajo administración Ciadi) se ha presentado un procedimiento de anulación.
Este tipo de procedimientos conllevan la petición sobre la posibilidad de que el Tribunal haya omitido resolver un punto del laudo; o la solicitud de una decisión que rectifique errores materiales, aritméticos o similares.
El Tribunal fijará un plazo para que las partes presenten sus observaciones sobre la solicitud y determinará el procedimiento adicional.
El tribunal del arbitraje lo componen el colombiano Eduardo Zuleta (presidente), el chileno Francisco Orrego Vicuña (designado por las demandantes) y el canadiense J. Christopher Thomas, designado por España.
La defensa de las demandantes la llevan las oficinas en Londres de Allen & Overy y Jeffrey Sullivan, mientras que la de España ha sido enfrentada por la Abogacía General del Estado.
Arbitraje Antin vs. España
El de Antin es el cuarto arbitraje perdido por España en la batalla de las renovables y el segundo más cuantioso, tras el de Eiser.
El fondo Antin presentó la demanda a finales de 2013, invocando el Tratado de la Carta de la Energía, ante el Ciadi y reclamaban 218 millones de euros, que el tribunal finalmente redujo casi a la mitad en un laudo emitido el pasado 15 de junio.
España pide invalidar la cláusula invocando el TCE
El Estado español requirió recientemente que el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) determine si la cláusula de arbitraje invocando el Tratado de la Carta de la Energía es inválida, en virtud de la sentencia en el caso Achmea.
El pasado 19 de julio, la Comisión Europea emitió una comunicación para proveer orientación sobre las normas existentes para la protección de inversiones transfronterizas de la UE. En este documento se ratifica la incompatibilidad del arbitraje inversor-Estado con su legislación cuando se trata de inversiones intracomunitarias, así como la aplicación del Tratado de la Carta de la Energía y el rechazo a los TBI entre Estados miembros.