Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado parcialmente el laudo del arbitraje fruto del conflicto entre Cabify y Auro, dos compañías de alquiler de vehículos de turismo con conductor (VTC), por la exclusividad de Auro respecto a otras compañías de VTC. Pese a las recientes sentencias del Tribunal Constitucional español, que parecían respaldar la figura del arbitraje y el abandono de los criterios judiciales sobre el control de los laudos, la Sala de lo Civil del TSJM, con opinión disidente de su presidente Ceslo Rodríguez Padrón, anula parcialmente el laudo por contravenir el orden público.

El tribunal considera que el laudo del arbitraje contiene un error que le capacita para analizar el fondo del asunto por carecer de “motivación constitucionalmente relevante”.

“[…] estamos ante una carencia absoluta de motivación, que ésta es más aparente que real al sustentarse en unas premisas de enjuiciamiento equivocadas”. El 22 de octubre, el TSJM sentenció que Auro no tiene permitido trabajar con otras compañías de VTC y considera que el laudo excluye el Derecho de la Unión Europea y la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE aplicables: “[…] el Tribunal Arbitral ha excluido sin el menor fundamento la aplicación del derecho de la Unión Europea. Al proceder así ha incurrido realmente en un déficit de motivación constitucionalmente relevante”.

El conflicto y el arbitraje

El arbitraje entre Cabify y Auro para determinar si la no exclusividad de ésta última era legal en base al contrato mantenido entre ambas subyace en la iniciativa de Auro de poner funcionamiento en 2019 una aplicación, para empresas y organismos públicos, al margen del su socio, supuestamente por incumplir ésta el contrato que mantenían y, según responsables de Auro, para evitar la infrautilidad de sus conductores.

Cabify exigía exclusividad por parte de Auro -violada por la puesta en funcionamiento de la nueva app- y denunciaba impagos correspondientes a la tasa de servicio.

El arbitraje, que decidió que Auro podía operar con otras plataformas de VTC, fue administrado por la Corte de Arbitraje de Madrid y el tribunal lo han formado Ignacio Díez-Picazo, Luis Felipe Castresana y Juan Cadarso, que incluyó un voto disdente.

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