La indemnización que recibirá Dominicana Renovables es de 2,3 millones de dólares por el incumplimiento de un acuerdo por parte de la República Dominicana, ha confirmado un juzgado federal de Estados Unidos. La compañía de renovables española presentó una petición para confirmar parcialmente y anular parcialmente el laudo de un tribunal de la corte de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de enero de 2021 (la demanda superaba los 287 millones de dólares).
Un juez federal de Florida ha respaldado el 1 de marzo de 2022 la adjudicación de 2,343,832.39 US $ a Dominicana Renovables en relación al conflicto sobre la planta de energía eólica “La Isabela” en la República Dominicana, confirmando que la demanda de 287,6 millones de dólares por supuesto lucro cesante se rechazó correctamente.
Dominicana Renovables argumentaba que la parte del laudo que deniega su reclamación de lucro cesante debía ser anulada porque el acuerdo de arbitraje exigía un “laudo motivado” y “el Tribunal no proporcionó “la enumeración o mención detallada de las expresiones o declaraciones ofrecidas como justificación” para la denegación del lucro cesante (ver documentos en: “Dominicana Renovables v. Dominican Republic“, Jus Mundi).
La República Dominicana contraargumentó que la petición era extemporánea en virtud de la Federal Arbitration Act (FAA) porque Dominicana no la notificó dentro de los tres meses posteriores a la entrega del Laudo; y, en cualquier caso, el Tribunal emitió un “laudo motivado” sobre la reclamación de Dominicana relativa al lucro cesante.
Breve cronología del caso: La Isabela
La Isabela es el proyecto de energía renovable en la Provincia de Puerto Plata, República Dominicana, y motivo del conflicto.
En febrero de 2009, Dominicana Renovables presentó ante la Comisión Nacional de Energía una solicitud para obtener una concesión provisional para llevar a cabo los análisis y estudios necesarios para el desarrollo del Parque Eólico. Ese mismo mes se aprobó la solicitud y se concedió una concesión provisional a Dominicana Renovables que en enero de 2013 es autorizada a través de una concesión definitiva.
En septiembre de 2014, el Consejo de Administración de la CDEEE emitió un nuevo “Protocolo de condiciones generales imperativas para la suscripción de contratos de compra venta de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable por parte de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)”.
En febrero de 2016, Dominicana Renovables manifestó a la CDEEE que, en el curso de las negociaciones que estaban sosteniendo con el fin de concretar un Contrato PPA, había sido informada que el Protocolo no se encontraba vigente y había sido sustituido por otro, solicitaba el protocolo nuevo para continuar con la negociación. En abril de 2016 la CDEEE envió nuevamente el Protocolo a Dominicana Renovables y le informó sobre el cierre de negociaciones de los Contratos PPA.
En mayo de 2017, Dominicana Renovables se dirigió a la CDEEE solicitando que reconsiderara su posición e incluyera a la Compañía en el listado de empresas con derecho a suscribir un Contrato PPA con la CDEEE.
El tribunal formado por Stanimir Alexandrov (presidente), Óscar Garibaldi (designado por la demandante) y Juan Pablo Cárdenas (designado por la demandada) consideró en su decisión de enero de 2021 que la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) viola “el artículo 65 del Reglamento al negarse a negociar y/o celebrar el Contrato PPA -de compraventa de energía. con Dominicana Renovables”; y que el Estado Dominicano ha incumplido el Contrato de Concesión Definitivo por la negativa de la CDEEE a negociar y/o celebrar el Contrato PPA con Dominicana Renovables.
El laudo es contundente a favor de la española explicando que el tribunal: “no puede pasar por alto la conducta deliberada de incumplimiento del Estado dominicano y la ausencia de buena fe durante el proceso de negociación del Contrato PPA” y condena a la República Dominicana a afrontar todos los gastos administrativos y el 10% de los honorarios incurridos por Dominicana Renovables en la defensa del caso, además de los intereses desde enero de 2018.