Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El tribunal de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) concluyó el 1 de diciembre, en relación con la petición por parte de Guyana de medidas provisionales contra la intención de Venezuela de organizar un referendo para decidir sobre la integración en su territorio del Esequibo, “que se cumplen las condiciones para la indicación de medidas provisionales” hasta que haya una decisión final sobre el conflicto.

Venezuela, no obstante, siguió adelante con la organización de la consulta que tuvo lugar el 3 de diciembre y en la que los venezolanos votaron a favor de anexionarse el Esequibo (“CNE: venezolanos aprueban con “abrumadora” mayoría anexar al mapa del país la zona de disputa con Guyana“, France24, 03.12.2023).

En su comunicado, la CIJ considera que: “a la espera de la decisión final del caso, Venezuela debe abstenerse de adoptar cualquier medida que modifique dicha situación.” Recordando que es Guyana quien ahora ostenta el control sobre el área en disputa, y que la cuestión de la validez del Laudo de 1899 y de la solución definitiva de la controversia, sobre los límites terrestres entre Guyana y Venezuela, son cuestiones que decidirá en la etapa de fondo.

Órdenes vinculantes

En el documento, la CIJ recuerda que Guyana ha solicitado que “indique medidas destinadas a garantizar la no agravación de la controversia con Venezuela”. Sin embargo, la corte, además, “considera necesario indicar una medida adicional dirigida a ambas Partes y destinada a garantizar la no agravación de la controversia entre ellas.”

La CIJ recuerda, asimismo, que sus órdenes indicando medidas provisionales tienen efecto vinculante y crean obligaciones jurídicas internacionales para cualquier parte a la que se dirijan.

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