El comité de anulación formado en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) ha rechazado las razones esgrimidas por España para anular el laudo que beneficia a la compañía energética de Reino Unido Infrared, entre las que se argumentaron acciones fraudulentas relacionadas con la potencia de las instalaciones termosolares o falta de imparcialidad del tribunal, entre otras.
El comité ad hoc, compuesto por el portugués José Miguel Júdice (presidente), el egipcio Karim Hafez y el chino Yuejiao Zhang, resolvió el 10 de junio en su “Decisión sobre Anulación” desestimar la solicitud de anulación de España en su totalidad y la condena a asumir el 50% de los honorarios de los abogados de Infrared, así como todas las costas del procedimiento.
Entre los argumentos para la anulación del laudo, España sostuvo que las demandantes “realizaron tergiversaciones conscientes a efectos de beneficiarse de un régimen de subsidios al que no hubieran tenido derecho sin esa falsedad” [párrafo 117], explicando que “InfraRed realizó declaraciones falsas graves al afirmar que “su capacidad instalada era de 50 MW, siendo así que era considerablemente superior”” [párrafo 118].
Sobre estas argumentaciones, en su análisis, el Comité explica que: “el comportamiento de InfraRed fue al menos admisible ya que, definitivamente, los elementos de los supuestos delitos de fraude de subvenciones y falsificación no pueden darse por sentados, y tampoco fueron probados.” [párrafo 437].
Otras argumentaciones de España sobre el laudo de Eiser anulado o la falta de imparcialidad del tribunal también fueron desestimadas.
El arbitraje Infrared v. España
El 2 de agosto de 2019, el tribunal formado bajo administración CIADI, por el canadiense Stephen L. Drymer (presidente), el suizo y estadounidense William W. PARK (designado por la demandante) y el francés Pierre-Marie Dupuy (designado por la demandada), condenó a España a indemnizar a InfraRed junto a un grupo de inversores británicos en energías renovables por 28,2 millones de euros (la demanda de la compañía con sede en Reino Unido ascendía a 92 millones de euros). Los demandantes invocaron el incumplimiento del Tratado de la Carta de la Energía, como consecuencia del daño a su inversión de las reformas energéticas impulsadas por el Gobierno español entre 2010 y 2014.
InfraRed Environmental Infrastructure GP Limited es propiedad del fondo de inversión británico InfraRed Capital Partners e invirtió en dos proyectos termosolares en Morón de la Frontera (Sevilla) y Olivenza (Badajoz), en 2011.
En abril de este año, otro tribunal CIADI rechazó la solicitud de España de anular el laudo de más de 33 millones de euros a favor de las compañías inversoras europeas en energías renovables CUBE y Demeter.