La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado el Reglamento de arbitraje para resolver conflictos entre operadores, relacionados con el derecho de la competencia y los sectores que supervisa. La nueva norma diseña el procedimiento arbitral —desde cuestiones generales previas hasta el laudo final— y dota a la CNMC de una mayor transparencia y predictibilidad como órgano de arbitraje.
El Reglamento de Arbitraje de la CNMC prevé un procedimiento abreviado para los casos de menor complejidad y cuantía de hasta 100.000 euros e incluye algunas de las aportaciones recibidas en consultas públicas hecha por la entidad en septiembre de 2023 y febrero de 2024.
Según la nota de prensa difundida por la entidad: “la Ley de creación de la CNMC atribuye a la Comisión las funciones de arbitraje sometidas por los operadores económicos (en aplicación de la Ley de Arbitraje) y encomendadas por las leyes (sin perjuicio de las competencias que correspondan a los órganos autonómicos). Los artículos 14 y 20 de la Ley de creación, por su parte, contemplan la capacidad del Consejo de la CNMC de actuar como órgano colegiado de decisión en materia de arbitraje.”
El Estatuto Orgánico de la CNMC también prevé la función de arbitraje institucional por parte de la Comisión, atribuye la competencia decisoria al Consejo e incluye la posibilidad de adoptar reglas propias, como el actual Reglamento de arbitraje.
El Reglamento será aplicable a los procedimientos para la resolución de todas aquellas controversias entre operadores económicos que sean sometidas de manera voluntaria al arbitraje de la CNMC.
La CNMC ha tramitado 11 arbitrajes desde su creación en 2013: dos arbitrajes en el sector energético y nueve en el marco de la operación de compra de DTS por parte de Telefónica, que incluía como compromiso someter a arbitraje todos aquellos conflictos que pudieran plantearse por terceros, de carácter contractual o extracontractual.




