Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El comité de anulación del arbitraje Cementos La Únión contra Egipto ha sido formado bajo administración del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). Los árbitros designados son la argentina Mónica Pinto (presidenta), la neozelandesa Wendy J. Miles y la finlandesa Carita Wallgren-Lindhom. Se trata del primer comité ad hoc formado completamente por mujeres.

Las compañías españolas Cementos La Unión y Áridos Játiva presentaron la solicitud de anulación parcial del laudo – en el que no se les concedió ni un solo euro de los 240 millones reclamados en una disputa por el sistema de concesión de licencias de explotación de una planta cementera – ante la Secretaría General del CIADI a principios de este mes de marzo.

El comité de anulación lo forman:

Mónica Pinto que cuenta con experiencia en otros siete procedimientos CIADI: dos arbitrajes como coárbitro (JGC Holdings v España e IBT Group v Panamá); y cinco como miembro de comités de anulación (ej. Perenco v Ecuador; Dan Cake v Hungría; Italba v Uruguay).

Wendy J. Miles ha participado en otros cuatro procedimientos CIADI: tres arbitrajes y una anulación (Hydro Energy v España).

Carita Wallgren-Lindhom ha participado en otros seis procedimientos CIADI: un arbitraje y cinco anulaciones (ej. Tethyan Copper v Pakistán, Masdar Solar v España o Stadwerke München GmbH v España).

El tribunal original de este arbitraje lo formaron el sueco Christer Söderlund, presidente, el estadounidense Charles N. Brower, designado por el demandante, y el anglo-francés Philippe Sands, designado por Egipto. Al laudo final se adjuntó opinión disidente de Brower.

Arbitraje Cementos La Unión, Áridos Játiva v. Egipto

El conflicto se remonta a 2007 cuando tras la finalización de la fábrica de cementos, el gobierno egipcio publicó una ley retroactiva que obligaba a la española a pagar millones en impuestos.

Cementos La Unión, junto a Aridos Játiva, reclamaba cerca de 240 millones de euros y el tribunal, aunque le dio la razón al grupo español en cuanto al incumplimiento por parte de Egipto del Tratado Bilateral de Inversiones Egipto-España de 1992, no concedió ninguna indemnización por daños.

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