Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) ha publicado tanto la Decisión sobre Jurisdicción como la Opinión Disidente en relación el intento de Argentina para que el tribunal encargado del arbitraje rechazara la reclamación de Casinos Austria.

En la conclusión incluida en la “Decisión sobre Jurisdicción” el Tribunal decide:

“1) que posee jurisdicción sobre la presente controversia en lo que se refiere a los reclamos
de las Demandantes por incumplimiento de los Artículos 2 (1) y 4(1)-(3) del TBI
Argentina-Austria;

2) que no posee jurisdicción sobre la presente controversia en lo que respecta a los
reclamos por incumplimiento del Artículo 3(1) del TBI Argentina-Austria;

3) que ambas Partes, dentro de los dos meses computables a partir de la emisión de esta
Decisión, tomarán todas las medidas necesarias para el desistimiento de los procedimientos nacionales relacionados con la presente controversia e informarán al Tribunal sobre sus acciones;

4) que se reserva la decisión sobre costas para una posterior determinación.”

Tras esta decisión, el Tribunal del arbitraje pide a ambas partes que tomen: “las medidas necesarias para desistir de los procedimientos internos relativos a la presente controversia“.

El tribunal, constituido en abril de 2015 e integrado por el belga Hans Van Houtte (presidente), el alemán Stephan Schill (designado por el demandante) y el español Santiago Torres Bernárdez (designado por la demandada), confirma la jurisdicción sobre un reclamo de 62 millones de dólares (ver “Sigue adelante el arbitraje de Casinos Austria contra Argentina“, 06-07-2018, CIAR Global).

Argentina argumentaba que:

  • no existía reclamo por una violación prima facie del TBI;
  • no existe consentimiento al arbitraje porque las Demandantes no aceptaron la oferta a arbitraje dada por Argentina en el TBI; y
  • que el tribunal carecía de jurisdicción ratione materiae.

Opinión Disidente de Torres Bernárdez

El CIADI también ha publicado la “Opinión Disidente sobre la Segunda Excepción Preliminar de la Demandada y Declaración de Disidencia relativa a sus Excepciones Preliminares Primera y Tercera del Árbitro Santiago Bernárdez”, a través de la que el árbitro razona su posición en contra de alguna de las decisiones de sus co-árbitros.

Por destacar brevemente alguna parte explicativa del alegato del árbitro, hacemos inciso en el párrafo 189 de su Conclusión General donde explica, entre otros, que: “la conclusión de este árbitro es que no se concluyó ningún “acuerdo de arbitraje” de la controversia porque CAI y CASAG, como Demandantes, no aceptaron la oferta de arbitraje consentida por la República Argentina, la Demandada, en los términos enunciados en el Artículo 8(1), (2) y (3) del TBI Argentina-Austria.” Y añade que: “con respecto al requisito de admisibilidad del Artículo 8(4) (segunda oración), mi conclusión es que su incumplimiento, cuando transcurrieron más de dos años desde el inicio del presente procedimiento de arbitraje ante el CIADI, es causa de suspensión del procedimiento que nos ocupa hasta tanto las Partes informen al Tribunal de Arbitraje acerca de la conclusión o del desistimiento del proceso judicial local en curso en Salta.”

El conflicto objeto de arbitraje

El arbitraje Casinos Austria contra Argentina presenta la reclamación sobre la revocación de una licencia para operar en el sector de los juegos de azar de las compañías austriacas (Casinos Austria International GmbH y Casinos Austria Aktiengesellschaft).

Casinos Austria presentó la demanda de arbitraje contra Argentina a finales de 2014, invocando el TBI Argentina-Austria de 1992, por la revocación, en 2013, de la licencia de explotación de salones de juego de azar en la provincia argentina de Salta. Las compañías austriacas pedían una indemnización de 150 millones de dólares.

Según las autoridades locales, la rescisión del contrato a Enjasa (controlada por Casinos Austria) se debió a reiterados incumplimientos de la normativa regulatoria.

El despacho que representa a Casinos Austria es Koetzl Haugeneder Netal GmbH, Viena, Austria. La defensa de Argentina es conducida por el Procurador del Tesoro de la Nación.

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