El 27 de abril, las compañías españolas Agroinsumos Ibero-americanos S.L., Inica Latinoamericana S.L., Proyefa Internacional S.L. y Verica Atlántica S.L. presentaron, en el marco de un arbitraje CIADI, una solicitud de decisión suplementaria y rectificación del laudo que condenó a Venezuela, a finales del mes de marzo pasado, al pago de más de 1.600 millones de dólares por la expropiación por el Gobierno de Hugo Chávez de las inversiones de las compañías, todas españolas, en 2010.
El tribunal, formado por el colombiano Eduardo Zuleta (presidente designado por las partes), y los coárbitros argentinos Horacio A. Grigera Naón (designado por los demandantes) y Gabriel Bottini (designado por Venezuela), del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inersiones (CIADI) emitió el laudo del arbitraje Agroinsumos Ibero-americanos S.L. y otros v. Venezuela acompañado de una opinión disidente de Bottini.
Decisión suplementaria y Rectificación del laudo en CIADI
El Artículo 49(2) del Convenio del CIADI contempla que la complementación de un laudo arbitral “es un remedio para las omisiones inadvertidas en el laudo debido a una supervisión por parte del tribunal que es probable que sea corregido por él una vez que se señala esta supervisión.”
Este tipo de procedimientos conllevan la petición sobre la posibilidad de que el Tribunal haya omitido resolver un punto del laudo; o la solicitud de una decisión que rectifique errores materiales, aritméticos o similares.
El Tribunal fijará un plazo para que las partes presenten sus observaciones sobre la solicitud y determinará el procedimiento adicional.
Más sobre este arbitraje
Los demandantes reclamaban la indemnización por “la expropiación de sus inversiones en las empresas venezolanas Agroisleña, C.A., Sucesora de Enrique Fraga Afonso, Insecticidas Internacionales, C.A., Proyefa, C.A., y Venezolana de Riego, C.A.
Según comunicado de Agroinsumos en su página web sobre la resolución del tribunal, éste consideró que la expropiación: “constituyó una violación del Acuerdo España-Venezuela.” La condena del Tribunal a Venezuela asciende a “US$1.629.000.000,00 como compensación por su incumplimiento del Acuerdo España-Venezuela, más intereses sobre la compensación concedida al tipo Libor aplicable a los depósitos a seis meses denominados en dólares estadounidenses más 4 puntos porcentuales, capitalizados anualmente desde el 4 de octubre de 2010 hasta la fecha en que Venezuela haya pagado íntegramente.”
En 2010, Hugo Chávez expropió las empresas del Grupo Agroisleña, además de Semillas Híbridas de Venezuela y demás filiales. Según un comunicado de la empresa datado en 2016 con motivo de la presentación de la demanda, además, el Estado venezolano se hizo con: “las instalaciones de las empresas, destituyó a sus juntas directivas y nombró juntas administradoras ad-hoc”, lo que provocó la pérdida del control de sus inversiones por parte de las sociedades españoles.