Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Un juez estadounidense ha suspendido el proceso para la ejecución del laudo de 77 millones de euros que la compañía de energías renovables Watkins Holdings inició contra España en abril de 2020 hasta que un tribunal de Washington decida sobre recursos que afectan a otros tres procedimientos de renovables contra España.

El Circuito de Washington debe dictar decisiones en los recursos de NextEra Energy Global Holdings B.V. v. Kingdom of Spain , 9REN Holding S.A.R.L. v. Kingdom of Spain y Blasket Renewable Investments LLC v. Kingdom of Spain.

El juez del caso Watkins Holdings s.r.l. et al v. Kingdom of Spain justifica la suspensión en cuanto a dos mociones pendientes que están siendo examinadas y por las que se determinará si el Tribunal tiene competencia en razón de la materia sobre este asunto en virtud de la Excepción de Arbitraje de la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras o de la Excepción de Renuncia, si el laudo en cuestión tiene derecho a plena fe y crédito, y si se justifica la desestimación por forum non conveniens.

El juez concluye esperar las mociones pendientes y ordena a las partes que presenten informes periódicos sobre el ritmo de los procedimientos en curso en Luxemburgo, además de la presentación de un informe conjunto sobre la situación el 24 de julio de 2023, y cada 45 días a partir de entonces.

El arbitraje Watkins Holdings v. España

Watkins Holdings junto a las españolas Parque Eólico La Boga SL, Northsea Spain SL, Parque Eólico Marmellar SL y Redpier demandaron a España ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) en noviembre de 2015 invocando el incumplimiento del Tratado de la Carta de la Energía.

Los parques eólicos relacionados están situados en la provincia de Burgos. Los demandantes pedían una indemnización de más de 120 millones de euros reclamando su inversión afectada por las reformas energéticas emprendidas por el Gobierno español que redujeron sus expectativas.

El tribunal del arbitraje compuesto por el malasio Cecil W.M. Abraham como presidente, y como coárbitros el australiano Michael C. Pryles (designado por los demandantes) y la francesa Hélène Ruiz Fabri (designada por España) ha concedido, con Opinión Disidente de Ruiz Fabri, 77 millones de euros más costas (más de 3 millones) a los reclamantes.

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