En un comunicado, la constructora española Sacyr informa de la decisión favorable obtenida en el marco del arbitraje que presentó contra Panamá en 2018 bajo reglas de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral o Cnudmi), en relación con los sobrecostos de las obras del Canal de Panamá.
Sacyr inició este arbitraje de inversiones contra la República de Panamá, al amparo del Acuerdo de Protección y Promoción Recíproco de inversiones entre España y Panamá (APPRI), el tribunal del arbitraje debía decidir si las actuaciones de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) debían atribuirse a la República de Panamá.
La demanda se deriva de los supuestos incumplimientos por parte de la ACP del contrato firmado con el consorcio Grupo Unidos por el Canal (GUPC), liderado por Sacyr, para la construcción del tercer juego de esclusas del Canal de Panamá, incluyendo la supuesta falta de cofinanciación por parte de la ACP de los costes adicionales de la obra.
El panel arbitral -compuesto por el británico John Beechey (presidente), el argentino Horacio Grigera Naón (designado por Sacyr) y el australiano Zachary Douglas (designado por Panamá)- decidió el 3 de febrero de 2022 que entiende que: “contrariamente a lo sostenido por la República de Panamá”, las actuaciones de la ACP sí se pueden atribuir al Gobierno panameño, por lo que se cumple el requisito para que sean objeto de revisión bajo el tratado internacional.