Real Hearing. Tan real como en el tribunal

El Consejo de Ministros de España ha remitido a las Cortes el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que regula los mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC), en los ámbitos mercantil y civil, para evitar el litigio y se potencia la negociación apostando por la mediación, la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial y la opinión de experto independiente, para encontrar soluciones dialogadas a sus disputas. La norma obligará a acudir a mecanismos de resolución de controversias alternativos, como la mediación.

La aplicación de los MASC en vía no jurisdiccional, en el ámbito mercantil y civil, se contempla para evitar la sobrecarga de los juzgados y tribunales, limitando su intervención a aquellas causas en las que sean imprescindibles, y garantizando, a su vez, los derechos y las plenas garantías jurídicas de las partes.

El Centro Español de Mediación (CEM) ha valorado satisfactoriamente el proyecto de Ley. En nota de prensa, el CEM aclara sobre el texto que: “para la resolución de cualquier controversia en el ámbito civil y mercantil, será necesario acudir en primera instancia a un mecanismo de resolución de conflictos alternativo como trámite previo antes de que pueda admitirse una demanda en el sistema judicial.”

Según el presidente del CEM, Rafael Catalá, este proyecto de ley supone un: “nuevo modelo de Justicia, que abogará por resolver los conflictos antes de llegar a su judicialización, lo que nos permitirá aumentar la sostenibilidad del sistema judicial a la vez que promovemos una mayor cohesión social y el aumento de la competitividad empresarial”.

Asimismo, en el texto se explica que el proyecto de ley es consonante con el artículo 24.1 de la Constitución Española: “ya que la obligación de acceder a un intento previo de mediación, no impedirá el acceso posterior a la vía judicial.”

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