Un grupo de nueve inversores han solicitado a un tribunal estadounidense que ordene a la compañía hongkonesa Landbridge Group Company unirse a un arbitraje en una institución panameña en un conflicto por la construcción del Puerto de Contenedores y parque logístico Panamá Colón. Los demandantes reclaman la propiedad de acciones de Landbridge y la transacción a través de un acuerdo de arbitraje. Landbridge, sin embargo, argumenta que el arbitraje es una “farsa” y que no es parte ni firmó los acuerdos que contienen las cláusulas de arbitraje relacionadas.
El arbitraje fue iniciado por los inversores (Notarc Port Investment Partners LLC, Notarc Port Investment LLC, Sinolam Consulting & Trading Holdings Pte. Ltd., Colin Michael Martines, Coastal Infrastructure Partners LLC, Coastal Infrastructure Trust No 1, Dion L. Bowe y Leslie C. Bethel) contra Shandong Landbridge Group Company Limited y Landbridge Port Services (Hong Kong) en septiembre de 2023 ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP).
Según los demandantes el arbitraje se contempla en un acuerdo de Suscripción de Acciones de fecha 21 de marzo de 2022 entre los inversores y Landbridge Holdings que dispone la resolución de controversias “mediante arbitraje en Panamá administrado por el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP), utilizando el idioma panameño, y de conformidad con las reglas de arbitraje del CeCAP vigentes en ese momento”.
Los demandantes solicitan en el arbitraje la declaración de válidos y exigibles los contratos de adquisición de compañías para la construcción y operación del Puerto de Contenedores y parque logístico Panamá Colón, “Proyecto Panamá”; y que la compra de las Compañías del Proyecto Panamá fue una compra bona fide, válida y de buena fe.
Landbridge contra el arbitraje
Landbridge ha rechazado participar en el arbitraje, por considerarlo una “farsa” y un procedimiento ilegítimo. Según una carta enviada por los abogados de la hongkonesa (Quinn Emanuel Urquhart & Sullivan, LLP) en noviembre de 2023: “Landbridge no es parte ni firmó los acuerdos que contienen las cláusulas de arbitraje relacionadas en las que se basa el ficticio arbitraje. Ningún tribunal arbitral que se constituya en ese procedimiento tiene jurisdicción sobre Landbridge, ni puede ni debe constituirse ni emitir ningún laudo que afecte a los derechos e intereses de Landbridge en las Sociedades del Proyecto Panamá y en el Proyecto Panamá.”
En la misiva sigue: “El Arbitraje es, en todos los aspectos, un procedimiento ficticio iniciado por y contra partes relacionadas e interesadas que no tienen ninguna controversia real entre ellas”. Los abogados aluden a que el inicio del procedimiento obedece a “un esfuerzo por producir un laudo arbitral para intentar legitimar un esquema continuo de fraude y corrupción que se ha extendido por más de tres continentes y varios países.” Y dejan claro Landbridge no consiente en participar en el arbitraje y niegan que el CeCAP y el tribunal arbitral que pueda constituirse tengan jurisdicción sobre Landbridge que no estará obligada ni reconocerá ningún laudo u orden emitidos en el arbitraje.
Desinversión de Ladbridge en el Proyecto Panamá
Sobre el conflicto, los abogados de Landbridge exponen que el arbitraje: “no es más que un intento malintencionado de dar un barniz de legitimidad a las transacciones ilegales que condujeron a la desinversión de la participación mayoritaria de Landbridge en las sociedades panameñas y el proyecto Panamá”. Y que a través del procedimiento se pretende legitimar la propiedad de Notarc en el Proyecto Panamá.