El pasado 31 de octubre, el Tribunal Superior de Justicia alemán anuló el laudo de 2012 que daba la razón a la compañía de seguros Achmea, que demandaba la violación del Tratado Bilateral de Inversiones Eslovaquia-Países Bajos, en un arbitraje contra Eslovaquia; y apoya así la decisión del Tribunal de Justicia de la UE sobre la incompatibilidad del TBI con el Derecho de la Unión.
Tras la decisión del tribunal arbitral, Eslovaquia interpuso en tribunales alemanes un recurso de anulación alegando que la cláusula de arbitraje contenida en el TBI era contraria a diversas disposiciones del Tratado FUE (Tratado de Funcionamiento de la UE). El Tribunal alemán recurrió al TJUE para preguntar si la cláusula impugnada es compatible con el Tratado FUE.
En marzo de 2018, el TJUE hizo público el siguiente comunicado: “La cláusula arbitral incluida en el Tratado celebrado entre los Países Bajos y Eslovaquia sobre la protección de las inversiones no es compatible con el Derecho de la Unión“. En el texto del comunicado, entre otras circunstancias, se explica que el tribunal arbitral del procedimiento: “no puede calificarse de órgano jurisdiccional “de uno de los Estados miembros” en el sentido del artículo 267 TFUE, relativo al procedimiento prejudicial, y, por tanto, no está facultado para presentar una petición de decisión prejudicial ante el Tribunal de Justicia”. Y consideró que el tratado bilateral al que se hace referencia en el primer párrafo no garantiza “un órgano jurisdiccional perteneciente al sistema de la Unión, dado que solo un órgano jurisdiccional de este tipo puede garantizar la plena eficacia del Derecho de la Unión.” Por lo que concluye que la cláusula arbitral incluida vulnera la autonomía del Derecho de la Unión y no es compatible con el mismo.
UE: precedente para otros arbitrajes intracomunitarios
Esta decisión viene a refrendar las decisiones relacionadas con el arbitraje de inversiones de la Comisión Europea y del propio TJUE, que vienen a decir que no hay lugar para el arbitraje de inversiones para el mercado único cuando se trata de inversiones intracomunitarias, así como el rechazo a los tratados bilaterales de inversión entre Estados miembros.
El origen del conflicto
El conflicto se origina porque la neerlandesa estima que las prohibiciones efectuadas en 2006, por Eslovaquia, en relación a la liberalización del mercado de seguros y a la distribución de beneficios derivados de su actividad, eran contrarias al acuerdo celebrado entre Checoslovaquia y los Países Bajos en 1991, para el fomento y la protección de inversiones.