Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Tras conocerse la noticia de la demanda de arbitraje por parte de Oleoducto de Crudos Pesados, S.A. (OCP), filial de Repsol, a Ecuador por el tratamiento fiscal de la deuda subordinada emitida para la financiación de sus operaciones, la petrolera española habría enviado una carta al Gobierno ecuatoriano para aclarar la situación.

El Ministerio de Hidrocarburos ecuatoriano Carlos Pérez ha aclarado que están al comienzo de las negociaciones y que disponen de un plazo de seis meses para llegar a un acuerdo antes de recurrir al arbitraje internacional.

En relación con la “malinterpretación” a la que hace alusión el ministro ecuatoriano (véase “Repsol desmiente demanda contra Ecuador“, El Telégrafo, 25.05.2018), la información dada en este canal el 18 de mayo de 2018 (“Sociedad participada por Repsol presenta arbitraje contra Ecuador“) fue contrastada con la propia documentación facilitada por Repsol a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (ver página de la CNMV: Información Financiera Intermedia).

Así, en la página 25 (Epígraje 4.6 Situación fiscal: Actuaciones administrativas y judiciales con trascendencia fiscal: Ecuador) del “Informe de revisión limitada de estados financieros intermedios resumidos consolidados al 31 de marzo de 2018″, de Repsol y sus sociedades dependientes, se cita literalmente:

“En relación con los contenciosos que mantiene contra el Gobierno de Ecuador la compañía Oleoducto de Crudos Pesados, S.A. (OCP), participada por Repsol Ecuador, S.A. en un 29,66%, respecto del tratamiento fiscal de la deuda subordinada emitida para la financiación de sus operaciones, se ha presentado, en el mes de marzo de 2018, una demanda de arbitraje internacional“.

El documento en cuestión es el Informe financiero trimestral contenido en la página de Información Financiera Intermedia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

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