Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El ICCA Task Force “Existe el derecho a una audiencia física en arbitraje internacional?”, compuesto por Giacomo Rojas Elgueta, James Hosking y Yasmine Lahlou ha publicado los informes relacionados a 26 jurisdicciones de la Convención de Nueva York (CNY). En el centro del estudio: el uso cada vez mayor de audiencias virtuales durante la pandemia de COVID.

Tras la publicación inicial de cuatro informes el 18 de diciembre de 2020 (Italia, Australia, Vietnam y Estados Unidos), el 9 de febrero se publicaron 22 informes adicionales de: Bahrein, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, República Checa, Dinamarca, Inglaterra y Gales, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, India, Indonesia, México, Marruecos, Nueva Zelanda, Perú, Rusia, Sudáfrica, Sri Lanka y Turquía.

Entre otros, estos informes revelan que:

  • ninguna de las lex arbitri de esas jurisdicciones contiene ninguna disposición expresa que reconozca el derecho a una audiencia física;
  • en la mayoría de esas jurisdicciones, la discreción procesal de los árbitros está esencialmente limitada por su deber de salvaguardar los derechos al debido proceso de las partes (con la importante excepción de Indonesia).

Sin embargo, en la mayoría de las jurisdicciones se llega a la conclusión de que el derecho a una audiencia oral no excluye la celebración a través de videoconferencia. Se explican casos concretos como el de Hungría, donde el derecho a una audiencia física está ahora específicamente excluido como consecuencia de una reforma reciente que eliminó la palabra “oral” de la norma correspondiente, o como los de Bahrein y Dinamarca donde sigue sin resolverse si “oral” significa “físico”.

Divergencias interesantes

Por ejemplo, el acuerdo de las partes de celebrar una audiencia física no es vinculante para el tribunal arbitral de la República Checa. En Brasil, Francia e Indonesia es vinculante, pero solo cuando dicho acuerdo se hizo antes de la constitución del tribunal.

Task Force

El 4 de septiembre de 2020, Giacomo Rojas Elgueta de la Facultad de Derecho de la Universidad Roma Tre y socio fundador de D | R Arbitration & Litigation y James Hosking y Yasmine Lahlou de Chaffetz Lindsey en colaboración con ICCA, lanzaron formalmente el proyecto de investigación “¿Existe el derecho a la audiencia física en el arbitraje internacional?” que surgió de la necesidad de información confiable, específica de cada jurisdicción, sobre las cuestiones legales fundamentales planteadas por el mayor uso de audiencias arbitrales remotas debido a la pandemia de COVID.

La encuesta cubre unas 86 jurisdicciones de la Convención de Nueva York y todos los informes recopilados se publicarán en la página del ICCA a medida que estén disponibles.

La publicación de los resultados de la encuesta será seguida por un informe general que aparecerá como una entrega de la Serie de Informes de ICCA. Además del análisis de los coeditores de los resultados de la encuesta, el informe incluirá una serie de ensayos que abordan la interacción entre las audiencias a distancia y las cuestiones conceptuales clave en el arbitraje internacional.

El informe se presentará en el XXV Congreso de ICCA que se celebrará en Edimburgo en septiembre de 2021.

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