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David Guetta recurre sentencia que anula arbitraje en Londres por concierto en Santander

Por 10 febrero, 2020abril 21st, 2020One Comment
Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El músico David Guetta ha recurrido la sentencia que le obliga a acudir a tribunales civiles y anula una cláusula de arbitraje internacional bajo ley inglesa y con sede en Londres. El foco del conflicto está en su incomparecencia en un concierto programado para el 28 de julio de 2018 en Santander.

A finales de septiembre de 2019, un juzgado de Santander anuló la cláusula de arbitraje internacional del contrato entre el DJ francés David Guetta y la promotora de conciertos Delfuego Booking, por encontrarse ésta en concurso de acreedores y considerar inviable que el procedimiento se celebrara en Londres bajo ley inglesa, tal y como figuraba en el contrato.

El juez Carlos Martínez De Marigorta, del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Santander, consideró que acudir a arbitraje internacional en Londres causaría “perjuicio” a la tramitación del concurso para convertirlo en “inútil”, y determinó que la resolución del conflicto debía someterse a los tribunales españoles. Como consecuencia, la Audiencia provincial es la encargada del procedimiento.

La sentencia en contra del arbitraje en Londres

El juez también señaló en contra del arbitraje internacional el tiempo y los costes y habló de “dilación temporal importante” y de “costes inasumibles para un concurso sin tesorería y sin apenas masa activa”.

En la sentencia se considera que “el ordenamiento aplicable a este supuesto deber ser el REI (Reglamento UE 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, Reglamento Europeo de Insolvencia, REI), pues nos hallamos ante un convenio arbitral suscrito por un concursado español y un tercero nacional de otro estado miembro de la UE” (ver “David Guetta será juzgado en España por no comparecer en el concierto de Santander“, Cantabria 24 horas, 01.10.2019).

El concierto del 28 de julio de 2018

El DJ David Guetta debía aparecer ante su público en Santander el 28 de julio de 2018, pero problemas técnicos en el avión que le traía de Moscú impidieron que pudiera dar el concierto, según explicó el artista, a través de un video proyectado ante todos los que ya habían comprado sus entradas y se encontraban esperando la actuación.

Delfuego Booking, la promotora del evento comienza su vida en el año 2009. Con más de 600 conciertos y oficinas en Santander y Logroño, por sus escenarios han pasado bandas como Buzzcocks, Crystal Fighters, Ocean Colour Scene, Nada Surf, Gigolo Aunts, Micah P Hinson, Tallest Man on Earth, The Gift, Mark Lanegan, Low, Tricky, etc..

One Comment

  • Este es un caso que puede resolverse vía mediación o conciliación, aún dentro del proceso concursal. Claro que puede discutir si hubo fuerza mayor y buena fe del músico y que hizo todo lo que estuvo a su alcance oara cumplir el contrato. Obviamente hay que evaluar la conducta de las partes antes, durante y después del evento. De igual forma que se pactó contractualmente para el caso de no poder celebrarse en fecha, por ejemplo, posponer, cláusula penal si hubieran anticipos.
    Que la empresa esté en concurso es irrelevante, el liquidador debe enfrentar el litigio arbitral.
    El juez interpreté una excepción a la validez de la cláusula por razones de orden público, funcionalidad del arbitraje.
    Pensemos en que finalmente hay que ir al arbitraje, y el tribunal condena al músico, ahí sí actuaría el liquidador concursal para integrar a la masa lo decretado. Igual si es en la vía judicial. Pero si es al revés el músico se obliga a acumir al concurso.
    Ciertamente los concursos son ejeciciones universales, y acumulan procesos. Pero la flexibilidad del arbitraje da para acompasar tiempos con los del concurso. Lo pueden negociar las partes. Otra cosa es que la empresa no tenga fondos ahora para hacer frente al arbitraje, y el juez concursal tampoco tendría obligación de proveerlos. Por lo tanto muy bonita la cláusula arbitral, pero si en un plazo razonable no se proveen fondos, el músico deberá conformarse con ir a tribunales por su pretensión.
    Por cierto, ocurre bastante esto de la suspensión de conciertos por estas mega estrellas mundiales. Hay que estar al contrato y a la posible accioó de incumplimiento contractual, y prever en los contratos toda patología posible que pueda darse. Atentamente.
    Prof. Francisco Mesa Dávila
    Catedratico de Derecho Internacional Privadogñ. Guatemala.

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