Real Hearing. Tan real como en el tribunal


España no ha conseguido anular el laudo de 41 millones de euros a favor del inversor energético alemán SolEs Badajoz. La defensa de España impulsó el procedimiento de anulación basándose en que uno de los árbitros del tribunal original habría condicionado el resultado.

España argumentaba que un antiguo miembro del tribunal Stanimir Alexandrov, que renunció a formar parte del tribunal en octubre de 2017, habría sesgado el resultado del procedimiento.

El comité ad hoc, formado en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) por Cavinder Bull, Colm Ó Hóisin y Fernando Piérola, concluyó en una decisión el pasado 16 de marzo que España no ha demostrado que el procedimiento haya estado viciado por Alexandrov.

El 31 de julio de 2019, el tribunal condenó a España a indemnizar a la compañía con alrededor de 41 millones de euros. El panel de este procedimiento registrado en CIADI en 2015 estuvo presidido por la estadounidense Joan E. Donoghue, y los coárbitros fueron el italiano Giorgio Sacerdoti, designado por España, y el neozelandés David A R Williams, designado por la alemana SolEs Badajoz. Stanimir Alexandrov y Anne Joubin Bret renunciaron en diciembre de 2017, tras haber sido nombrados por la empresa y por España, respectivamente.

El caso ha pasado por un procedimiento de Rectificación y por esta anulación que solicitó España en abril de 2020.

Este arbitraje se enmarca entre los procedimientos de inversiones presentados contra España en relación con las normativas aprobadas a las energías renovables entre 2010 y 2014 y todos invocan la violación del Tratado de la Carta de la Energía.

 

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