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El Task Force on Legal Representation of American States in Investment Arbitration del Institute for Transnational Arbitration (ITA) ha publicado un informe que ofrece una visión minuciosa de cómo se organiza y lleva a cabo la representación legal, los procedimientos de contratación, requisitos y prioridades, proporcionando directrices a las firmas de abogados que deseen ser considerados como posibles representantes en arbitrajes de inversión. El documento también incluye recomendaciones políticas y describe los retos a los que los Estados y/o las firmas de abogados pueden enfrentarse a lo largo de la contratación de un asesor jurídico.

Los autores del informe son Ricardo Vasquez Urra (Vásquez Urra Abogados) y Analía González (BakerHostetler LLC). El documento incluye un prólogo con palabras de Elina Mereminskaya, presidenta de la American Initiative del ITA en el que destaca cómo este análisis muestra la práctica actual dentro de los Estados americanos, sus procedimientos de contratación, requisitos y prioridades, y proporciona directrices a los bufetes de abogados que deseen ser tenidos en cuenta como posibles representantes legales en arbitrajes de inversión.

Dentro de las conclusiones más importantes de este informe se encuentran:

  • Los Estados americanos recurren en gran medida a abogados externos para defenderse de las demandas de los inversores extranjeros. De los diecinueve Estados encuestados, sólo tres indicaron que la defensa de dichas demandas suele correr a cargo exclusivamente de los abogados internos del Estado. El resto recurre a abogados externos.
  • Todos los Estados encuestados, excepto uno, han desarrollado una estructura u oficina interna para coordinar su defensa frente a disputas en materia de inversiones.
  • La mayoría de los Estados han desarrollado políticas o directrices para la contratación de abogados externos. La contratación suele hacerse mediante contratos directos o invitando a presentar ofertas a firmas que ya han sido pre-seleccionadas. Los procesos se basan, en parte, en las leyes y directrices de contratación pública de los Estados.
  • Que la firma de abogados seleccionada presente un análisis preliminar del caso y un plan para contribuir a la mejora de la capacidad del Estado para gestionar las controversias entre inversores y Estados, son requisitos valorados positivamente por los Estados al recibir la oferta de servicios jurídicos.
  • A la hora de decidir qué firma contratar , la oferta económica es tan crucial para los Estados como la experiencia previa que tenga el bufete en arbitraje de inversiones y en la representación de Estados.
  • Las capacidades lingüísticas de los asesores externos son igualmente un requisito fundamental, en primer lugar, en relación con disponer de un abogado con dominio nativo de la lengua en la que se desarrolla el procedimiento arbitral y, en segundo lugar, contar en su equipo con abogados que hablen la lengua del Estado.

Consultar el informe: Task Force on Legal Representation of American States in Investment Arbitration, The Center for American and International Law, Institute for Transnational Arbitration (ITA).

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