En el mes de enero de 2017, el Gobierno peruano aprobó mediante Decreto Legislativo la norma según la cual se establecía que los arbitrajes en los que participara el Estado debían ser necesariamente institucionales.
Sin embargo, la modificación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada el pasado 4 de mayo, establece la eliminación de la obligatoriedad del arbitraje institucional aludiendo, según la Comisión de Constitución, a que “constituye una injerencia sobre la libertad contractual del contratista al imponer que la solución se defina mediante una modalidad de arbitraje específica”.
Proética, el Consejo Nacional para la ética Pública, ha hecho público un comunicado en el que pide la rectificación de la modificación de la Ley, y tacha de “retroceso en la lucha contra la corrupción” la derogación de la norma aprobada y hacer referencia a el informe que la Comisión Presidencial de Integridad hizo en diciembre de 2016 en la que se planteaba la necesidad de eliminar el arbitraje ad-hoc “como una manera de asegurar condiciones más transparentes para estos procesos”.
En parecidos términos se manifiesta el Consejo Privado Anticorrupción (CPA), formado por diferentes gremios empresariales, que también considera que el arbitraje institucional garantiza ciertos estándares de “transparencia, seguridad y predictibilidad” frente al arbitraje ad hoc (ver Diario Correo “Empresas preocupada por cambio en Ley de Contrataciones del Estado. Clorinda Flores, 17.05.17″).
Créditos de la imagen: Congreso de la República del Perú. Wikimedia Commons.