Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Un tribunal de arbitraje de la Stockholm Chamber of Commerce (SCC) ha dado la razón a España en el arbitraje de inversiones de las compañías danesas inversoras en energías renovables Green Power y Obton haciendo prevalecer la ley de la Unión Europea sobre el Tratado de la Carta de la Energía (TCE). España tendrá que hacer frente al 50% de los costes del arbitraje y a aquellos otros costes que haya afrontado.

El arbitraje comenzó en 2016 bajo reglas de la SCC e invocando el incumplimiento del TCE por parte de los demandantes. Las compañías energéticas denunciaban la afectación a sus inversiones en España, derivada de las reformas energéticas emprendidas por el Gobierno -la reducción de las subvenciones a los productores y un impuesto del 7% sobre el ingreso de los generadores de electricidad- y que afectaron al sector de las energías renovables.

Green Power K/S y Obton A/S reclamaban más de 76 millones de euros ante el tribunal formado por Han van Houtte (presidente), Inka Hanefeld y Jorge Viñuelas que ha declarado en el laudo que carece de jurisdicción sobre la disputa y ordena el pago a medias de los costes del arbitraje para cada una de las partes.

Primacía del Derecho de la UE

En el laudo, el tribunal hace referencia a la Sentencia Achmea, la Sentencia Komstroy y la Sentencia PL Holdings, explicando que todas ellas abordan específicamente los mecanismos de solución de controversias potencialmente aplicables a los litigios intracomunitarios, incluido el mecanismo de arbitraje de inversiones del TCE, donde se aplica plenamente la primacía del Derecho de la Unión Europea.

El Tribunal señala que el derecho sueco reconoce la primacía del derecho de la UE y aunque no conoce una decisión de los tribunales suecos competentes que aborde específicamente las relaciones entre el TCE y el Derecho de la Unión, sí “es consciente de que el Tribunal de Apelación de Svea retiró su petición de decisión prejudicial sobre estas relaciones sobre la base de la Sentencia Komstroy”.

Por otro lado, el Tribunal se guía además por la decisión del Bundesgerichtshof alemán, que anuló el laudo de Achmea, apoyándose expresamente en la primacía del Derecho de la Unión reconocida en todos los casos anteriores y que excluyó el arbitraje del artículo 26 del TCE por incompatible.

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