Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Un tribunal alemán ha fallado contra España que pretendía que ordenara a la compañía energética alemana RWE Innogy que parara en sus esfuerzos por ejecutar el laudo de 28 millones de euros en Estados Unidos, confirmado hace unas semanas por un comité ad hoc en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI).

El comité ad hoc del procedimiento de anulación solicitado por España se pronunció hace unas semanas a favor de las compañías RWE Innogy y RWE Innogy Aersa S.A.U. (española) rechazando el razonamiento de la Abogacía General del Estado española de que el tribunal se extralimitó manifiestamente en sus facultades al contravenir el Derecho de la Unión Europea y aplicar el derecho equivocado.

El 9 de diciembre de 2021, las energéticas iniciaron el procedimiento de ejecución del laudo ante un tribunal estadounidense. España argumentó que los tribunales de los Estados Unidos no están vinculados por la jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por lo que las energéticas no pueden alegar que pueden hacer valer sus objeciones ante el tribunal de ese país.

España reclamaba, ante una corte alemana, en Essen, a los demandados que se abstengan de reconocer el laudo arbitral dictado por CIADI o de ejecutarlo y que las medidas adoptadas por los demandadas son ilegales. Y solicitaba, además, la condena en multas de 250.000 € y penas de prisión por buscar el reconocimiento del laudo fuera de la Unión Europea, entre otros.

Para la Corte Regional de Essen, en sentencia publicada el 12 de abril: “no hay base para reclamar el requerimiento o la declaración solicitados en virtud del Derecho alemán ni del español.” Y considera que: “es evidente que no existe una obtención inmoral de una orden por parte de la demandada.” concluyendo que: “el examen de la inmoralidad de la ejecución en territorio estadounidense contra los activos de los bienes del país  demandante allí es competencia exclusiva de los tribunales de ese país.”

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