Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) ha publicado dos directivas que contemplan nuevas pautas en relación a la designación de los árbitros y la formación de los tribunales en los arbitrajes en contratación pública.

Las directivas aprobadas son la N° 016-2017-OSCE/ CD “Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc” y la N° 018-2017-OSCE/CD “Procedimiento de designación residual de árbitros a cargo del OSCE”.

La Directiva “Procedimiento para la instalación de árbitro único o Tribunal Arbitral Ad Hoc” tiene como objeto: “Definir los lineamientos del procedimiento de instalación de árbitro único o tribunal arbitral ad hoc, que se lleve a cabo en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.”

Por su lado, la Directiva “Procedimiento de designación residual de árbitros a cargo del OSCE” tiene como objeto: “Establecer disposiciones que garanticen la oportuna e idónea designación residual de árbitros, en atención a las solicitudes de designación que realicen los administrados, en el marco de un arbitraje ad hoc, conforme a los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.”

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