Real Hearing. Tan real como en el tribunal


En la última semana, cuatro países africanos han recibido sendas demandas de arbitraje de inversiones ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). Camerún, Nigeria, la República Democrática del Congo y Túnez han sido demandadas por inversores de Italia, República de Corea, Australia, Singapur y Reino Unido.

Tres de los arbitrajes, salvo el de Camerún encuadrado en el sector de la construcción, son controversias relacionadas con los sectores de Petróleo, gas y minería.

El arbitraje contra Camerún ha sido presentado el 8 de junio por la compañía italiana Gruppo Officine Piccini tras haber sido expulsada de las obras del Complejo Deportivo de Olembé que proyectó y empezó a construir. La demandante cuenta con la representación de la firma Withers (Londres).

El arbitraje presentado contra Nigeria, también el 8 de junio, lo es el de las compañías petroleras Korea National Oil Corporation, KNOC Nigerian West Oil Company Limited, y KNOC Nigerian East Oil Company Limited por la adjudicación de licencias a prospecciones petrolíferas. Los demandantes son representados por Allen & Overy Londres y Singapur.

Zenith Energy, con sede en Calgary (Canadá), presentó su solicitud de arbitraje contra Túnez el 5 de junio de 2023 en relación con unas concesiones petrolíferas en el país norteafricano. La compañía reclama 48 millones de US dólares. En un comunicado de prensa, Zenith denuncia obstrucciones irrazonables y arbitrarias e injustificadas para tramitar la venta del petróleo producido. La demandante es representada por Gide Loyrette Nouel (París, Francia).

La australiana AVZ International, la singapurense Green Lithium y la congoleña Dathcom Mining Holdings acusan a la República Democrática del Congo de negarse a concederles una licencia minera para el yacimiento de litio Manono Project. En un comunicado informando de la presentación del arbitraje, registrado en CIADI el 8 de junio, AVZ explica que solicita diversas reparaciones por el incumplimiento por parte de la República Democrática del Congo de las obligaciones que les incumben en virtud del Código de Minas, en particular en la aplicación de diversas medidas que deberían haber conducido a la expedición de un permiso de explotación a Dathcom para el desarrollo del proyecto Manono. La firma DLA Piper (París, Madrid) representa a las demandantes.

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