El Gobierno uruguayo emitió un comunicado en respuesta a las acciones iniciadas por Latin American Regional Aviation Holdings (LARAH), propietaria de Pluna Airlines, para el embargo de activos uruguayos en Luxemburgo con el objetivo de cobrar el laudo, que condenó a Uruguay, en febrero de este año, al pago de 30 millones USD más intereses por la quiebra de la compañía aérea. El Ejecutivo uruguayo sostiene su compromiso de cumplir con el laudo y ha expuesto el proceso de negociación que han seguido las partes durante estos meses y que se rompió el pasado 14 de noviembre.
El Gobierno uruguayo destaca que “no acepta indemnidad penal solicitada por Larah para los acusados por estafa especialmente agravada por su gestión al frente de Pluna” y aclara que lleva negociando desde mayo de 2024 con la compañía para cumplir con el pago del laudo: “Uruguay siempre estuvo dispuesto –y está dispuesto- a cumplir con sus compromisos legales, y así se lo manifestó en todo momento a LARAH.”
En el documento, informa de la existencia de un Memorando de Entendimiento, firmado en 2012 con compañías en las que LARAH es accionista, que contempla la obligación “de mantener indemne al Estado respecto de la promoción de acciones legales por sus accionistas directos o indirectos con causa en hechos o circunstancias relacionados con Pluna.” A pesar de ello, destaca que “Uruguay priorizó explorar la posibilidad de alcanzar una solución amistosa que ponga fin al tema de PLUNA y pagar el Laudo.”
Propuesta económica de Uruguay
El Gobierno uruguayo informa de que hizo una propuesta económica que fue satisfactoria para LARAH y las partes “avanzaron en otras condiciones de un posible acuerdo”.
Sin embargo, las negociaciones se rompieron el 14 de noviembre debido a la exigencia de la compañía de que “Uruguay dé por terminado los procesos penales actualmente en trámite contra los Sres. Hugo Sebastián Hirsch, Arturo Alvarez Demalde y Matías Campiani. Esto es inadmisible para Uruguay, como para cualquier Estado de Derecho, además de ser violatorio de los principios de separación de poderes y la autonomía técnica de los Fiscales.”