Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Los inversores estadounidenses de la petrolera Oro Negro han abierto un procedimiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Ontario para anular el laudo a favor de México, en el que el panel de árbitros se declaró sin jurisdicción para conocer la controversia de 270 millones USD por la cancelación de varios contratos petrolíferos. Los inversores acusan al coárbitro, que ellos mismos designaron, de parcialidad y han solicitado un procedimiento de “discovery”, en un arbitraje de inversión contra Honduras, para conocer el rol que desempeñó el coárbitro y su firma, y su posición respecto a cuestiones similares que estuvieron en el centro de la reflexión del laudo a favor de México.

El pasado mes de agosto, un tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) emitió el laudo del arbitraje entre un grupo de inversores estadounidenses en la petrolera Oro Negro contra México por la cancelación de contratos debido a la caída de los precios del crudo. El grupo de accionistas estadounidenses acusaba a Pemex en la demanda de “fraude y discriminación” a favor de la compañía de perforación Seamex. El tribunal, formado por Diego Fernández Arroyo (presidente), designado por la Secretaría General, Andrés Jana Linetzky, designado por los demandantes, y Gabriel Bottini, designado por México, concluyó en el laudo que carecía de jurisdicción para conocer las reclamaciones presentadas al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

En la solicitud ante el tribunal de Ontario, de 17 de septiembre de 2024, los demandantes presentan la actividad profesional de Andrés Jana y su despacho Jana & Gil Dispute Resolution y su trabajo para estados como Honduras, al que han representado en cinco ocasiones ante CIADI, así como la designación de Gabriel Bottini en uno de esos arbitrajes como coárbitro nombrado por la Secretaría General. Ponen en conocimiento la relación entre la firma Jana & Gil y Bottini a la vez que transcurría el arbitraje de Oro Negro. Los inversores exponen que en ningún momento fueron informados de esta relación que solo conocieron después de emitido el laudo y, que “de haberse revelado a tiempo, habría llevado a las demandantes a solicitar que Jana no continuara con su compromiso como abogado en el caso JLL Capital v. República de Honduras o que se recusara como árbitro en el arbitraje”, explican en el documento (ver “Notice of Application to the Ontario Superior Court of Justice – 17 Sept 2024“, Jus Mundi).

El pasado 1 de noviembre, uno de los inversores, Frederick J. Warren, interpuso una demanda ante un tribunal de Florida pidiendo un procedimiento de “discovery” para obtener las pruebas necesarias en el marco del caso abierto en Ontario, iniciado por Warren y otros 26 demandantes, para anular el laudo dictado a favor de México. El demandante busca información bajo la premisa de que el laudo giró “esencialmente en torno a dos fundamentos jurídicos: en primer lugar, si los ciudadanos con doble nacionalidad podían presentar una reclamación contra uno de sus Estados de nacionalidad sin estar sujetos a la prueba de la nacionalidad dominante y efectiva, y, en segundo lugar, si los inversores en su propio derecho podían presentar reclamaciones por pérdidas aparentes”, cuestiones a menudo objeto de litigio en arbitrajes inversor-Estado y que hayan podido estar “en disputa en uno o más de los arbitrajes del CIADI en los que Jana & Gil Dispute Resolution representa actualmente a Honduras y/u otros Estados soberanos” (ver “Memorandum of Law in Support of Petitioner’s Application and Petition for an Order To Conduct Discovery for Use in Foreign Proceedings Pursuant to 28 U.S.C. § 1782 – 1 Nov 2024“, Jus Mundi).

En concreto, cita la participación de Jana y su bufete en el arbitraje “Juan Carlos Arguello y Ernesto Arguello c. República de Honduras” y busca de Hogan Lovells, que representa a los demandantes y que “tiene posesión, custodia o control de información” que revele los detalles del rol de Jana en este procedimiento, así como cualquier posición jurídica de él y de su bufete, que adoptaran en nombre de Honduras en este arbitraje, y que pueden ser similares a las cuestiones que decidió al dictar el Laudo a favor de México.

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