Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El Centro de Arbitraje y Mediación de Paraguay (CAMP) ha renovado su reglamento a través del trabajo conjunto entre el equipo de la institución y diferentes profesionales del arbitraje. El objetivo principal es adecuar las prácticas del arbitraje a los estándares internacionales y mejorar la prestación de servicio del Centro.

Según la comunicación del Centro de arbitraje la renovación ha incidido en los siguientes epígrafes:

  • Reglamento vigente a la fecha del requerimiento de arbitraje – Reglamento art. 1
  • Abreviación de plazos en la constitución del tribunal arbitral – Reglamento art. 7
  • Multiplicidad de contratos y multiplicidad de partes – Reglamento art. 8 y 11
  • Consolidación de procesos – Reglamento art. 12
  • Formulario de Declaración de Imparcialidad e Independencia – Reglamento art. 14 y Apéndice II
  • Procedimiento de recusación – Reglamento art. 16
  • Audiencia de conducción del procedimiento – Reglamento arts. 20 y 21
  • Árbitro de Emergencia – Reglamento art. 31, Apéndice III Reglas de procedimiento y Tarifario Apéndice I – Sección III
  • Plazo para laudar – Reglamento art. 38
  • Publicación de laudos – Reglamento art. 39
  • Costas: inclusión de honorarios de abogados – Reglamento art. 45
  • Depósito de costas: plazo excepcional de 90 días – Reglamento art. 47
  • Tarifario: Fee inicial de USD. 500, momento de pago – Apéndice I, Sección I, art. 1
  • Procedimiento abreviado – Apéndice IV Reglas y Apéndice I, Sección IV Tarifario

El nuevo Reglamento entrará en vigor desde el 12 de noviembre de 2021.

El Centro de Arbitraje y Mediación de Paraguay (CAMP)

El CAMP es una institución dependiente de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP). Cuenta con un cuerpo de 74 árbitros y 41 mediadores.

El nuevo texto puede ser consultado desde la página de Reglamentos del CAMP.

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