El Centro de Arbitraje y Mediación de Paraguay (CAMP) ha renovado su reglamento a través del trabajo conjunto entre el equipo de la institución y diferentes profesionales del arbitraje. El objetivo principal es adecuar las prácticas del arbitraje a los estándares internacionales y mejorar la prestación de servicio del Centro.
Según la comunicación del Centro de arbitraje la renovación ha incidido en los siguientes epígrafes:
- Reglamento vigente a la fecha del requerimiento de arbitraje – Reglamento art. 1
- Abreviación de plazos en la constitución del tribunal arbitral – Reglamento art. 7
- Multiplicidad de contratos y multiplicidad de partes – Reglamento art. 8 y 11
- Consolidación de procesos – Reglamento art. 12
- Formulario de Declaración de Imparcialidad e Independencia – Reglamento art. 14 y Apéndice II
- Procedimiento de recusación – Reglamento art. 16
- Audiencia de conducción del procedimiento – Reglamento arts. 20 y 21
- Árbitro de Emergencia – Reglamento art. 31, Apéndice III Reglas de procedimiento y Tarifario Apéndice I – Sección III
- Plazo para laudar – Reglamento art. 38
- Publicación de laudos – Reglamento art. 39
- Costas: inclusión de honorarios de abogados – Reglamento art. 45
- Depósito de costas: plazo excepcional de 90 días – Reglamento art. 47
- Tarifario: Fee inicial de USD. 500, momento de pago – Apéndice I, Sección I, art. 1
- Procedimiento abreviado – Apéndice IV Reglas y Apéndice I, Sección IV Tarifario
El nuevo Reglamento entrará en vigor desde el 12 de noviembre de 2021.
El Centro de Arbitraje y Mediación de Paraguay (CAMP)
El CAMP es una institución dependiente de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP). Cuenta con un cuerpo de 74 árbitros y 41 mediadores.
El nuevo texto puede ser consultado desde la página de Reglamentos del CAMP.







