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El pasado 18 de abril de 2018, la Comisión Europea presentó al Consejo Europeo el Acuerdo de Protección de las Inversiones (API) entre la Unión Europea y sus Estados miembros y la República de Singapur. El acuerdo contiene el nuevo funcionamiento del arbitraje de inversiones en el que ha estado trabajando la UE. Entre otros, Ciadi ha sido designación como Secretariado de los Tribunales de Primera Instancia y Apelaciones.

Según la propuesta de la Comisión Europea con fecha de 18 de abril: “El Acuerdo contiene además todas las innovaciones del nuevo enfoque de la UE de protección de las inversiones, así como de sus mecanismos de garantía de cumplimiento, que no están presentes en los doce tratados bilaterales de inversión vigentes entre los Estados miembros de la UE y Singapur, a los que el API sustituirá.”

En este documento se expresa que: “En lo que respecta a la financiación del Sistema de Tribunales de Inversiones del API UE-Singapur, se aportará una contribución a una «estructura existente» (a saber, el CIADI) para que canalice los honorarios que se han de pagar a los jueces que componen el Sistema de Tribunales de Inversiones (STI). Los honorarios de gestión de los asuntos solo podrían materializarse si surge una diferencia; de lo contrario, los servicios de secretariado del CIADI serían gratuitos.”

El Capítulo 14 del Acuerdo de Libre Comercio “Dispute Settlement” determina el arreglo de diferencias y los artículos 14-A las normas del procedimiento de arbitraje y 14-B el Código de Conducta para Árbitros y Mediadores.

Acuerdo de Protección de Inversiones

El Artículo 3.6 “Submission of Claims to Tribunal” del Capítulo 3 del API explica como en el plazo de tres meses desde la fecha de notificación de la intención de someter la controversia a arbitraje, el demandante podrá hacerlo en virtud del:

  1. Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas  Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados” (el Convenio del CIADI),
  2. del Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI,
  3. del reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional o de cualquier otro reglamento si las partes contendientes lo acuerdan.

El acuerdo, entre otros, además de regular el Third Party Funding, establece un Tribunal de Primera Instancia y un Tribunal de Apelaciones.

Según el texto del API, el Ciadi actuará como Secretariado de los Tribunales y les brindará el apoyo adecuado. En la nota, éste explica que “desempeñará tareas tales como administrar audiencias, mantener las finanzas, así como archivar y publicar documentos de conformidad con las reglas del tratado.”

Para Meg Kinnear, secretaria general del Ciadi: “Es un honor para el Ciadi ser designado Secretariado de los Tribunales de Primera Instancia y Apelaciones en el marco del API entre la UE y Singapur”. También explicó que “desempeña una función similar en el marco del Acuerdo Económico y Comercial Global entre la UE y Canadá, y se encuentra a disposición de los Estados para prestar dichos servicios en virtud de otros tratados comerciales y de inversión”.

Tribunal de apelaciones

El Artículo 3.10 “Appeal Tribunal” trata la regulación del Tribunal de Apelaciones y, entre otros, explica que cuando el acuerdo entre en vigor, los seis miembros serán nombradas por períodos de ocho años. La UE designará dos, Singapur otros dos y dos serán propuestos conjuntamente.

 

Relaciones UE-Singapur

En 2016, el total de la inversión extranjera directa (IED) de la UE en Singapur ascendió a 168.000 millones de euros, que representan más de una quinta parte del volumen total de la IED en Singapur, lo que convierte a la UE en el principal inversor extranjero en Singapur.

Por su parte, Singapur es el tercer mayor inversor de Asia en la UE y el séptimo mayor inversor exterior, y en 2016 poseía un volumen de inversiones de unos 88.000 millones de euros.

 

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