El Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) ha regulado, recientemente, el Arbitraje de Emergencia incorporándolo a su Reglamento de Arbitraje.
El CAM Santiago ha incorporado el Arbitraje de Emergencia mediante una modificación al Reglamento de Arbitraje Nacional de 2021, a través del artículo 21 bis (medidas prejudiciales) y de un nuevo Título IX (Arbitraje de Emergencia), entre los artículos 53 y 58. Estos artículos tratan sobre:
- la solicitud del arbitraje de emergencia,
- el nombramiento del árbitro (a) de emergencia,
- las notificaciones e inhabilidades,
- la resolución definitiva de la medida prejudicial y
- los procedimientos previos previstos en el acuerdo de compromiso.
Esta normativa es aplicable a las solicitudes de arbitraje presentadas desde el 1 de septiembre de 2023.
Según nota de prensa publicada por el CAM Santiago, el proceso de trabajo para la creación de este reglamento incluyó un Informe del Programa Reformas a la Justicia UC, la creación de un comité de trabajo en abril de 2022, integrado por José Pedro Silva, María Agnes Salah, Macarena Letelier, Nicolás Frías, Ximena Vial y Ana Ramajo, y focus groups con especialistas en la materia.