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El Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) ha regulado, recientemente, el Arbitraje de Emergencia incorporándolo a su Reglamento de Arbitraje.

El CAM Santiago ha incorporado el Arbitraje de Emergencia mediante una modificación al Reglamento de Arbitraje Nacional de 2021, a través del artículo 21 bis (medidas prejudiciales) y de un nuevo Título IX (Arbitraje de Emergencia), entre los artículos 53 y 58. Estos artículos tratan sobre:

  • la solicitud del arbitraje de emergencia,
  • el nombramiento del árbitro (a) de emergencia,
  • las notificaciones e inhabilidades,
  • la resolución definitiva de la medida prejudicial y
  • los procedimientos previos previstos en el acuerdo de compromiso.

Esta normativa es aplicable a las solicitudes de arbitraje presentadas desde el 1 de septiembre de 2023.

Según nota de prensa publicada por el CAM Santiago, el proceso de trabajo para la creación de este reglamento incluyó un Informe del Programa Reformas a la Justicia UC, la creación de un comité de trabajo en abril de 2022, integrado por José Pedro Silva, María Agnes Salah, Macarena Letelier, Nicolás Frías, Ximena Vial y Ana Ramajo, y focus groups con especialistas en la materia.

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