Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Un juez estadounidense ha rechazado la petición de desestimación de Argentina contra un laudo emitido en 2011 a favor de la constructora italiana Impregilo, actual Webuild, dictado en un arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), y en el que el tribunal otorgó una compensación a la compañía de 21.294.000 millones más intereses (Impregilo reclamaba 119 millones USD). La cantidad que tiene que asumir Argentina en la actualidad ronda los 55 millones USD.

El juez Reggie B. Watson (District Of Columbia District Court) rechazó la moción de Argentina contra la ejecución del laudo. Impregilo reclamaba su inversión en una empresa argentina que tenía un acuerdo de concesión de servicios de distribución de agua potable y tratamiento de aguas residuales y que se vio afectada por el régimen tarifario aplicado por Argentina e incumplimientos del acuerdo de concesión mediante la promulgación de medidas de emergencia durante la crisis económica de 2001-2002.

Argentina buscaba la desestimación de la demanda por no formularse en el plazo debido (“for failure to state a claim because the action is time-barred[,]”), dado que habían transcurrido más de diez años desde la emisión del laudo cuando se inició de la solicitud de cumplimiento presentada en 2021 por Webuild. El juez, sin embargo aplicó la “D.C. Uniform Enforcement of Foreign Judgments Act, D.C. Code § 15-101(a)”, que considera un periodo de doce años “only from the date when an execution might first be issued thereon, or from the date of the last order of revival thereof” (contados a partir de la fecha en que se haya podido despachar ejecución por primera vez, o a partir de la fecha de la última orden de reanudación de la misma).

El arbitraje

El tribunal del arbitraje en CIADI lo formaron Hans Danelius, presidente, Charles N. Brower, coárbitro designado por Impregilo, y Brigitte Stern, coárbitra designada por Argentina.

La concesión de servicios de agua se rigió por un Contrato de Concesión de diciembre de 1999 entre Aguas del Gran Buenos Aires, compañía argentina, en la que Impregilo tenía una participación mayoritaria, y la provincia de Buenos Aires para el suministro de servicios de agua potable y desagües cloacales en un área que comprendía siete municipios.

El tribunal concluyó que Argentina violó los principios de trato justo y equitativo, incluidas las demandas por denegación de justicia. Al laudo acompañaron sendas opiniones disidentes tanto de Brigitte Stern, como de Charles N. Brower.

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