El 15 de noviembre de 2024, el juez estadounidense Rudolph Contreras (District Of Columbia District Court) ordenó que el laudo de 9 de noviembre de 2021, dictado a favor de la compañía japonesa JGC Holdings contra España, debe ser ejecutado como “si se tratara de una sentencia definitiva de un tribunal de jurisdicción ordinaria de uno de los distintos Estados.” El procedimiento se enmarca en los numerosos arbitrajes de inversión iniciados por compañías energéticas contra España por las reformas normativas, impulsadas por el Gobierno de España entre 2010 y 2014, que afectaron a las energías renovables.
El tribunal además, ordena que se dicte sentencia a favor de JGC por algo más de 36 millones USD, más intereses a partir de la fecha de esta decisión hasta que sea satisfecho el monto adeudado.
El 26 de septiembre de 2024, el juez Rudolph Contreras del Tribunal de Distrito de Columbia ejecutó el laudo de más de 23 millones y medio de euros contra España en el arbitraje de inversiones mantenido con la compañía japonesa. Contreras rechazó las alegaciones de España de infringir la autoridad de los tribunales de la Unión Europea.
Tras esta decisión, España presentó una moción para desestimar la orden, lo que provocó la suspensión de la ejecución.
El arbitraje JGC Holdings
La compañía japonesa presentó este arbitraje en junio de 2015 y en su demanda reclamaba a España 93,5 millones de euros, por las reformas que afectaron a las energías renovables impulsadas por el Gobierno de España entre 2010 y 2014.
El 9 de noviembre de 2021 el tribunal internacional de este arbitraje, formado en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI): Hi-Taek Shin (presidente), August Reinisch (designado por la japonesa y que sustituyó a Rudolf Dolzer tras su fallecimiento) y Mónica Pinto (designada por España), que incluyó una Opinión Parcial Disidente con respecto a la evaluación de algunas de las cuestiones disputadas y algunos elementos para el cálculo del Quantum, concluyó que los cambios regulatorios introducidos por España a través de Reales Decretos publicados en 2012, 2013 y 2014, así como las medidas posteriores constituyeron un incumplimiento de su obligación en virtud del artículo 10 del Tratado de la Carta de la Energía.
El 14 de marzo de 2022, España presentó la solicitud para la anulación del laudo que rechazó dos años después un comité ad hoc formado por Dyalá Jiménez Figueres (presidente), Tina M. Cicchetti y Ucheora Onwuamaegbu.
JGC tiene participación en dos plantas de energía solar en la provincia española de Córdoba.