Panamericana Televisión S.A. (Pantel) presentó un recurso de anulación contra un laudo emitido por la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) en el que el tribunal arbitral rechazó todas las reclamaciones de la demandante por carecer de mérito, y le ordenó reembolsar el 65% de las costas afrontadas por Perú en el arbitraje. El 1 de abril de 2025, la Corte de Apelación de La Haya comunicó su decisión de desestimar todas las pretensiones de Panamericana por considerar correctos los fundamentos del laudo emitido en 2022 por el tribunal formado por José Miguel Júdice (presidente), Raquel A. Rodríguez e Yves Derains.
Según comunicado del Gobierno del Perú, “la Corte de Apelación declaró que no era apropiado que, en el Procedimiento de Anulación, se volviera a examinar las conclusiones del Tribunal Arbitral. Además, concluyó que no eran aplicables ninguno de los motivos de anulación previstos en el código procesal civil neerlandés presentados por PANTEL.”
Asimismo, el tribunal ordenó que la compañía asumiera las costas del procedimiento de anulación (19.656€) y un posible monto adicional si Panamericana Televisión no paga esas costas en los catorce días siguientes a la notificación de la sentencia.
La controversia
Los accionistas de Panamericana TV reclamaban la expropiación de la televisión denunciando una medida cautelar concedida mediante Resolución Judicial emitida por un juzgado peruano en 2001. A través de ésta, se designaba un administrador judicial y se suspendieron temporalmente los derechos de los accionistas y el ejercicio de las funciones de su junta directiva.
El Tribunal del arbitraje de la CPA concluyó que las acciones adoptadas por el administrador judicial no podían atribuirse al Estado peruano, por lo que no constituyeron una violación de las obligaciones de Perú en el APPRI Perú-Suiza.
Panamericana TV reclamaba 637 millones de US dólares.







