Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Hace unas semanas se presentó un Proyecto de Ley en el Perú que prohíbe los contratos de concesión con empresas que están inmersas en controversias judiciales o en arbitrajes con el Estado. La iniciativa fue presentada a propuesta del congresista Jorge Arturo Zevallos Aponte por el partido Renovación Popular.

La propuesta legislativa establece que aquellos consorcios de empresas, ya sean nacionales o extranjeros, que hayan abierto contra el Estado peruano procedimientos jurídicos o arbitrajes, domésticos o internacionales, no podrán contratar o renovar la concesión (ver “Renovación Popular plantea restricciones a empresas con controversias judiciales y/o arbitrales con el Perú“, Pasión por el Derecho, 05.03.2025).

La “Ley que prohíbe contratos de concesión o renovación a empresa que mantienen controversia judicial y/o arbitral en contra del Estado peruano” pretende proteger al Perú frente a las demandas arbitrales o judiciales de aquellos consorcios o empresas que participan de licitaciones o concursos públicos en obras de infraestructura y otros servicios.

La “Finalidad de la ley” especifica que el Estado, que protege el erario nacional: “[…] no puede verse perjudicado por aquellas empresas a las que el estado ha otorgado activos o servicios en concesión, licencias, autorizaciones, permisos, servidumbres y otros que se requieran para la utilización de recursos naturales; por lo que se prohíbe la contratación o renovación de contratos de concesión de obras de infraestructura y/o de servicios públicos a favor de empresas que han demandado al Estado peruano en sede nacional o extranjera.”

El proyecto de ley, presentado por el partido Renovación Popular, está en posesión de la Comisión de Economía del Congreso (ver “Empresas en disputa legal con el Estado no podrán acceder a concesiones: el impacto detrás“, Fernando Cuadros Concha, Gestión, 27.03.2025).

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