Real Hearing. Tan real como en el tribunal


En la última sesión (36ª) del grupo de trabajo para la reforma del arbitraje de inversiones de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Cnudmi), los países y organizaciones participantes, cercanos al centenar, concluyeron que es necesaria la reforma del sistema de solución de controversias inversor-Estado para mejorar aspectos como la coherencia de las decisiones, la figura del árbitro o el control de costes y duración de los procedimientos.

En el borrador del informe publicado, el grupo de trabajo explica que es deseable abordar una reforma relacionada con las siguientes cuestiones:

  • Falta de coherencia, consistencia, previsibilidad y corrección de las decisiones arbitrales de los tribunales ISDS.
    • Interpretaciones divergentes de normas sustantivas, relacionadas con la jurisdicción y la admisibilidad, y la inconsistencia procesal.
    • Falta de un marco para abordar múltiples procedimientos.
    • Limitaciones en los mecanismos actuales para abordar la inconsistencia e incorrección de las decisiones arbitrales. Muchos tratados no tienen mecanismos o los que tienen son limitados.
  • Árbitros y decisores.
    • Falta o aparente falta de independencia e imparcialidad.
    • Limitaciones en los mecanismos de recusación existentes. Se debe abordar idoneidad, eficacia y transparencia de los mecanismos de divulgación y recusación disponibles en muchos tratados existentes y reglamentos de arbitraje.
    • Falta de diversidad.
    • Cualificación.
  • Costes y duración de los procedimientos de arbitraje internacional.
    • Largos y costosos procedimientos ISDS y falta de un mecanismo para abordar casos frívolos o no meritorios.
    • Asignación de costes en ISDS.
    • Seguridad del coste.
    • Financiación de terceros (cuestión que será tratada en la siguiente sesión por tratarse de un tema actualmente en estudio por la Secretaría y que tendrá, por lo tanto, un desarrollo más amplio).

Esta sesión comenzó con una declaración general en la que se destacaron temas como:

  • el factor clave que suponen políticas adecuadas y sistemas transparentes de solución de controversias inversor-Estado en el ámbito de la inversión internacional,
  • que cualquier sistema de solución de controversias debe abordar de manera adecuada derechos y obligaciones de inversores extranjeros y el respeto al derecho a regular de los Estados para proteger la legitimidad del bienestar público y
  • la necesaria participación activa de tanto Estados en desarrollo, como desarrollados que presenten experiencias y opiniones para que el proceso de reforma sea eficaz y legítimo.

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