Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en respuesta a una solicitud por parte de Bélgica sobre la compatibilidad del sistema de solución de controversias incluido en el acuerdo de libre comercio con Canadá con la ley europea, considera que sí es compatible con los tratados de la UE y con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

La opinión del Abogado General Yves Bot fue publicada el pasado 29 de enero y considera que el mecanismo de solución de conflictos del CETA -o Acuerdo Económico y Comercial Global entre la UE y Canadá (AECG) como se le llamó finalmente- no infringe la aplicación de la legislación europea.

Arbitraje de inversiones diseñado para el CETA no infringe el derecho a un tribunal independiente

Entre otros, se explica en el dictamen que: “las disposiciones contenidas en la Sección F del Capítulo 8 del CETA no infringen el derecho de acceso a un tribunal independiente e imparcial, un derecho consagrado en el Artículo 47 de la Carta, ya que garantizan un nivel de protección de ese derecho que es apropiado para las características específicas del mecanismo de resolución de disputas entre inversores y Estados previsto en esa sección.”

Bot considera en conclusión que: “La sección F del capítulo 8 del Acuerdo Económico y Comercial Integral (CETA) entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra parte, establece un mecanismo de resolución de disputas de inversión entre inversionistas y Estados, que es compatible con el Tratado de la Unión Europea, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.”

Leer el dictamen completo emitido por el Abogado General en relación a la compatibilidad del arbitraje de inversiones del CETA con la legislación europea

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