Real Hearing. Tan real como en el tribunal


La firma Derains & Gharavi (D&G) ha puesto en marcha una plataforma propia de Tribunal Arbitral compuesta por sus dos socios fundadores, Yves Derains y Hamid Gharavi, que opera bajo su propio Reglamento de Arbitraje ad hoc, así como una plataforma de mediación ad hoc. Destaca en los textos reglamentarios la apuesta por la confidencialidad de los procedimientos y el límite temporal y de producción de documentos en las distintas fases del desarrollo del arbitraje.

El Reglamento de Arbitraje (Derains & Gharavi Ad hoc Rules of Arbitration), que entró en vigor el 31 de enero de 2025, contempla la designación de Derains y de Gharavi como árbitros para formar un Tribunal Arbitral compuesto por uno, dos o tres miembros y en caso de que las partes opten por un Tribunal de tres miembros, el reglamento dispone que podrán designar como tercer árbitro a Nada Sader (Sader Arbitration), o a cualquier otro profesional del bufete Derains & Gharavi o, previo acuerdo de Derains y Gharavi, ajeno al bufete.

Según el documento, si el Tribunal Arbitral es de tres miembros estará presidido por Derains o Gharavi, según determinen las partes, salvo que tras solicitud de éstas los socios fundadores de D&G acepten, que el arbitraje sea presidido por un tercer árbitro.

El arbitraje y su existencia será confidencial, incluso después de su terminación, salvo que otra decisión sea tomada por las partes o por el tribunal, salvo en la medida en que sea necesario debido a un procedimiento judicial.

Funcionamiento, límites de tiempo y producción de documentos

Este tipo de tribunal compuesto por dos árbitros contempla en caso de desacuerdo, sobre decisiones relativas a laudos provisionales o definitivos, el nombramiento de un presidente para resolver las cuestiones sobre las que se discrepe. En este caso, el presidente continuará presidiendo el arbitraje hasta su conclusión.

La sede del arbitraje se establece en París, salvo petición de las partes de lugar alternativo.

En cuanto a los idiomas, se prioriza el inglés y el francés, pero también se nombran: árabe, persa, italiano, portugués o español.

El Reglamento establece límites temporales para la presentación de demanda y contrademanda, así como para el resto de las fases. En relación con la producción de documentos, también se fija el número de páginas como máximo en la presentación de los diferente escritos.

El documento también incluye artículos sobre la recusación, inmunidad de los árbitros, el cambio de abogados de las partes, medidas cautelares…

Plataforma de Mediación

Del mismo modo, D&G han puesto en funcionamiento una plataforma de mediación concebida para conflictos inversor-Estado y para litigios comerciales (incluidos los deportivos). Este mecanismo puede ser propuesto por las partes en los plazos de reflexión previstos en los tratados bilaterales o con posteridad al acuerdo comercial.

Yves Derains y Hamid Gharavi podrán “ser invitados, bajo estricta confidencialidad, a actuar conjunta o separadamente o con uno de los profesionales del bufete o con personalidades ajenas al bufete como conciliadores y mediadores en virtud de las propias normas de mediación ad hoc del bufete, caso por caso, o en virtud de otras normas de mediación institucionales.”

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