La Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha informado de que el tribunal, bajo administración de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) que decidía sobre el arbitraje con la Concesionaria Vial del Perú S.A (Coviperú), que denunció incumplimiento contractual del contrato de concesión del Tramo Vial Puente Pucusana-Cerro Azul-Ica (Red Vial 6), ha declarado infundadas las pretensiones de la demandante.
La empresa Coviperú reclamaba S/ 81´452,613 por incumplimiento del MTC a la obligación contractual de entregar los terrenos para la ejecución de las obras de la tercera etapa del proyecto.
El tribunal señaló que: “del análisis de los documentos contractuales, el riesgo constructivo por la demora en la entrega de terrenos debe ser asumido por la empresa demandante”.
Coviperú reclamaba el reconocimiento del pago de mayor costo derivado de la ejecución de modificación de un subtramo, pero el tribunal estableció que la empresa conocía plenamente los detalles de la ingeniería, el trazo y los replanteos realizados, por lo que declaró infundada esta pretensión.
Coviperú, además, debe asumir la totalidad de los honorarios y gastos arbitrales.
Para el Procurador Público del MTC, David Ortiz Gaspar: “Lo resuelto en el laudo, favorable a los intereses del Estado, servirá para fortalecer la posición jurídica de la entidad en otros arbitrajes, en los cuales también los concesionarios alegan similares pretensiones arbitrales.”
La defensa de Perú ha sido dirigida por la Procuraduría Pública del MTC, con colaboración técnica de la Dirección General de Programas y Proyectos en Transportes de la entidad.