Varios gremios profesionales ecuatorianos, cacaoteros y camaroneros, se han puesto alerta ante el nuevo decreto ley para la atracción y fomento de inversiones para el desarrollo productivo emitido por el presidente Guillermo Lasso el 23 de mayo de 2023, y que pretende establecer un régimen de zonas francas o zonas especiales de desarrollo económico (ZEDE) y reformar legislación para atraer inversión. En una audiencia pública celebrada la semana pasada, representantes de los gremios citados alertaron del ataque a la seguridad jurídica al modificar el actual régimen de inversiones de manera retroactiva.
El objetivo de la nueva legislación, que se tramita como un decreto ley económico urgente, es promover la creación de oportunidades mediante la atracción y el fomento de inversiones en diversos sectores.
Sin embargo, para el gremio de los cacaoteros y los camaroneros algunas disposiciones incluidas en la nueva legislación podrían llevar al Estado a arbitraje internacional por violar el trato justo y equitativo (ver “Cacaoteros advierten posibles arbitrajes por decreto ley de inversiones en Ecuador“, Patricia González, Primicias, 08.06.2023).
Según las declaraciones recogidas en una audiencia pública ante la Corte Constitucional, los gremios denuncian que se estaría modificando el régimen normativo establecido por tratarse de modificaciones unilaterales y con efecto retroactivo.
La nueva normativa anunciada por Lasso
El Gobierno de Lasso propone un régimen para fortalecer las ZEDE con las siguientes ventajas:
• Exoneración del Impuesto a la Renta (IR) por 10 años. 15 años para los sectores fronterizos.
• Una vez finalizado el período de exoneración de IR, se podrá acceder a una reducción de 10 puntos porcentuales en este impuesto, por el tiempo que reste la vigencia de la autorización de la Zona Franca o ZEDE.
• Exención de tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicios aduaneros para importaciones de insumos, bienes de capital y materias primas destinadas a la Zona Franca o ZEDE.
• Impuesto al Valor Agregado (IVA) con tarifa 0 % para la adquisición de insumos, materias primas y bienes de capital importados, que se destinen exclusivamente a la zona autorizada.
• Exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en importaciones de bienes y servicios relacionados con la actividad autorizada.
• Las ZEDES y zonas francas, con una vigencia de 20 años, se instalarán en áreas geográficas delimitadas, previo a la autorización del Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones (CEPAI). A los administradores de las zonas se dispone una inversión mínima, durante los primeros cinco años, de 100 mil dólares; y para los operadores no habrá monto mínimo de inversión.
Consultar: Decreto Ley Orgánica Reformatoria Para la Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo (Asobanca).