Real Hearing. Tan real como en el tribunal


El 12 de octubre de 2021, Alemania presentó objeciones preliminares de conformidad con la Regla de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) por  “Falta manifiesta de mérito jurídico”, Regla 41 (5) del Reglamento de Arbitraje CIADI. El tribunal, en decisión de 18 de enero de 2022 rechazó la objeción.

Alemania se habría apoyado en el caso República de Moldavia – Komstroy, según información publicada por Global Arbitration Review (ver “Renewables claim against Germany clears early hurdle“, Sebatian Perry, GAR, 21.01.2022), por el que el Tribuna de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentencia en contra del uso del Tratado de la Carta de la Energía (TCE) para demandar a Estados dentro de la Unión Europea. En relación a este caso, el TJUE concluyó que un crédito derivado de un contrato de suministro de electricidad, que no está vinculado a una inversión, de la que es titular una empresa de un tercer Estado frente a empresa pública de otra Parte Contratante de dicho Tratado, no constituye una “inversión” en el sentido de las disposiciones recogidas en el TCE.

La Regla 41(5) en la que se ha apoyado Alemania pretende desestimar en una etapa temprana del caso reclamaciones que carezcan, de manera manifiesta, de mérito jurídico.

La Regla 41(5) explica que: “Salvo que las partes hayan acordado otro procedimiento expedito para presentar excepciones preliminares, una parte podrá, a más tardar 30 días después de la constitución del Tribunal, y en cualquier caso antes de la primera sesión del Tribunal, oponer una excepción relativa a la manifiesta falta de merito jurídico de una reclamación. La parte deberá especificar, tan precisamente como sea posible, el fundamento de su excepción. El Tribunal, después de dar a las partes la oportunidad de presentar sus observaciones sobre la excepción, deberá, en su primera sesión o prontamente después, notificar a las partes su decisión sobre la excepción. La decisión del Tribunal será sin perjuicio del derecho de una parte a oponer una excepción conforme al párrafo (1) u oponer, en el curso del procedimiento, defensas de que una reclamación carece de mérito jurídico.”

El arbitraje Mainstream v. Alemania

Se trata del cuarto arbitraje de inversiones que disputa Alemania ante el CIADI, y segundo relacionadao con las energías renovables. Demanda encabezada por un grupo de compañías irlandesas y alemanas (Mainstream Renewables Power Ltd. y otros) dedicadas a las energías renovables en relación con una concesión eólica marina en el Mar del Norte.

El conflicto tiene su origen en los cambios a la normativa alemana para fuentes de energía renovable de 2017 y la Ley de energía eólica marina, que entró en vigor el 1 de enero de 2017, y que habrían producido la pérdida de valor de sus inversiones.

El tribunal arbitral está compuesto por Wendy J. Miles, presidenta, Charles Poncet (designado por los demandantes) y Antolín Fernández Antuña (designado por Alemania).

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