Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Venezuela deberá indemnizar a Venezuela US, filial de la estadounidense Occidental Petroleum, con 105 millones y medio de US dólares, por implementar una medida discriminatoria que evitó que la demandante no recibiera el pago de los dividendos en su participación en el proyecto Petroritupano, mientras que otro inversor, Petrobras Argentina, subsidiaria de la brasileña Petrobras, sí los recibió. El arbitraje comenzó en 2013 y el laudo final ha sido firmado el 4 de noviembre de 2022.

El tribunal del arbitraje condena a Venezuela al pago de 58,8 millones de US dólares como indemnización a Venezuela US, a los que se suman los correspondientes intereses devengados desde mayo de 2011 y que ascienden a 46,6 millones de dólares.

El arbitraje se refiere a una controversia entre la compañía Venezuela US, SRL y Venezuela relacionada con la inversión en la empresa mixta Petroritupano S.A.. El conflicto fue sometido en 2013 al Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Cnudmi), bajo administración de la Corte Permanente de Arbitraje (CPA).

En febrero de 2021 ya se emitió un laudo parcial en el que Venezuela fue declarada responsable al “implementar medidas discriminatorias que obstaculizaron el goce por parte de la Demandante de su inversión”. Venezuela US no recibió su parte de los dividendos en su inversión en Petroritupano, mientras que Petrobras Argentina que disponía del mismo porcentaje de participación en la compañía mixta (un 18%) sí los recibió.

La demandante acusa a Venezuela de querer congraciarse con Brasil, ya que en el año 2011 el presidente Chávez estaba envuelto en las negociaciones de varios acuerdos comerciales y de cooperación con Brasil.

El tribunal

El tribunal concluye que Venezuela solo puede ser culpada de infringir su obligación con el Tratado Bilateral de Inversiones al implementar medidas discriminatorias contra la demandante.

El tribunal del arbitraje lo han formado: Peter Tomka (presidente), Yves Fortier (coárbitro designado por la demandante) y Marcelo Kohen (coárbitro nombrado tras la recusación de Gabriel Bottini), quien emitió una opinión disidente en el Laudo Interino sobre Jurisdicción.

Escribe un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.